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Novedades legislativas

Pendientes del Reglamento de Fondos

Esta semana se introducirán los últimos retoques a la ley de fondos, actualmente en el Senado. Se espera que se mejore la transparencia y la información al inversor

Texto: Begoña Barba de Alba especial5dias@cincodias.es

Hasta el próximo viernes 12 partidos políticos pueden introducir enmiendas en el Senado a la nueva Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, que está previsto entre en vigor antes de finalizar la legislatura. El PSOE y PP han confirmado a Cinco Días que presentarán retoques, aunque no han concretado su alcance.

Gestoras, analistas y despachos de abogados insisten en que muchas de las incógnitas tendrán que despegarse en el nuevo reglamento, que Gloria Hernández, anterior directora del Tesoro, aseguró que estaba muy avanzado. Desde el departamento de Belén Romana, su sucesora, se lo toman con más calma y comentan: 'Se está trabajando, pero todavía no hay ningún borrador, ni calendario para él'.

Uno de los temas pendientes en la nueva Ley de Fondos es la situación de los Simcav, los denominados cofres patrimoniales, a los que se ha querido echar el guante en repetidas ocasiones. Los socialistas ya han mostrado su desacuerdo al hecho de que cualquier sociedad anónima se convierta en Simcav y al que dejen de cotizar. Situación que es posible desde la Ley 46/1984, que ha facilitado muchas transformaciones. Previsiblemente el Partido Popular introducirá una enmienda que dé más transparencia a la industria de fondos en la que se exigirá a las gestoras que detallen trimestralmente todos los gastos que se cargue al partícipe (comisiones y costes de intermediación).

Los partícipes recibirán mejor información y conocerán el coste real de todos los gastos por administración y custodia de los fondos

Los fondos de inversión y los de pensiones, según anunció recientemente Luis de Guindos, estarán obligados a calcular un índice o ratio que refleje el porcentaje concreto que suponen sus gastos totales sobre el patrimonio invertido. La forma de cálculo será definida por la Dirección de Seguros en el caso de los fondos de pensiones y por la Comisión Nacional del Mercado de Valores para el resto de instituciones de inversión colectiva.

La nueva normativa posibilitará el acceso a los inversores hacia vehículos de inversión que hasta ahora no tenían cabida. Los fondos podrán invertir en depósitos, derivados y otros fondos, siempre y cuando detallen su política de inversión. Esta medida facilitará la creación de nuevos productos más sofisticados. La creación de los fondos de alto riesgo y los cotizados aún tiene incógnitas por despejar.

Uno de los pilares de la nueva Ley de Fondos es la protección a los inversores. El folleto de emisión debe resumirse en folio y medio, con la información relevante del fondo. Se le da rango legal al folleto simplificado.

A las gestoras se les exige crear una oficina de atención al cliente, cuyas decisiones serán vinculantes. Se podrá recurrir al Comisionado para la Defensa de los Inversores que se creó en la Ley Financiera.

En cuanto a la asistencia a las juntas de las sociedades gestoras, la ley únicamente obliga a informar acerca de la política en relación con el voto y habilita al reglamento para que defina en qué casos es obligatoria la asistencia a las asambleas anuales. Las gestoras deberán detallar trimestralmente todos los gastos que se cargue al partícipe (comisiones y costes de intermediación).

Cambiará la organización de los fondos. La ley establece la posibilidad de crear los fondos por compartimentos. Cada uno con políticas de inversión distintas y patrimonios separados. Se regula la posibilidad de que existan distintas acciones y participaciones dentro de un mismo fondo, diferenciadas por las comisiones.

Se amplían las actividades que pueden efectuar las sociedades gestoras de inversión colectiva, las cuales podrán realizar gestión discrecional de carteras, incluidas las de fondos de pensiones. Se podrán contratar total o parcialmente, con terceras entidades, la gestión de los activos nacionales o extranjeros que integren los patrimonios de los productos que administran.

Se eliminan las categorías actuales de Fiamm (fondos de inversión en activos del mercado monetario) y FIM. Se tendrá que especificar en qué piensa invertir.

Fuera de la nueva Ley de Instituciones de Inversión Colectiva se ha quedado 'la introducción del concepto de inversor cualificado', según Florentino Carreño, socio de Cuatrecasas.

Respecto al borrador de Reglamento de Planes de Pensiones, actualmente en circulación y consultas, 'uno de los temas que más llaman la atención es la eliminación del porcentaje de libre disposición. Hasta ahora los fondos de pensiones podían invertir un máximo de un 10% en cualquier tipo de valor mobiliario, siempre y cuando se cumpliesen los criterios genéricos de seguridad, rentabilidad, diversificación y plazos', comenta Jesús Mardomingo, socio de Cuatrecasas.

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