El Constitucional admite a trámite el recurso de amparo de 'los Albertos'
La decisión de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional de admitir a trámite el recurso de amparo solicitado por los Albertos fue dictada el martes en una providencia y comunicada ayer a las partes.
El recurso, que fue presentado el pasado 2 de abril, centraba el amparo en la presunta prescripción de los hechos juzgados en el caso Urbanor, por el que los Albertos fueron condenados en marzo por el Tribunal Supremo a tres años y cuatro meses de prisión por estafa y falsedad en documento mercantil.
La defensa de los financieros también fundamentaba el amparo en la refutación de la prueba de una carta remitida por los acusados a sus antiguos socios de Urbanor y que fue fundamental para probar el delito de estafa por el que fueron condenados.
Fuentes del Constitucional afirmaron ayer que la admisión a trámite del recurso interpuesto por los Albertos no se refiere a una posible suspensión de las penas impuestas. El veredicto del tribunal tardará en torno a un año. Antes, las partes deberán presentar las correspondientes alegaciones, se redactará un informe argumentando la admisión y el Constitucional designará a los magistrados que deberán estudiar el recurso.
La providencia dictada el martes sólo estima que la materia recurrida es competencia del Constitucional, según las mismas fuentes. Y a partir de ahí, deberá dictar una sentencia a favor o en contra. Pero los Albertos han sido afortunados: el porcentaje de admisión a trámite de los recursos de amparo es sólo del 5%.
En todo caso, los financieros no pisarán por ahora la cárcel. La Audiencia Provincial suspendió la ejecución de la sentencia del Supremo hasta que el Ministerio de Justicia resuelva la petición de indulto que, en paralelo al recurso de amparo, los ex presidentes del Zaragozano solicitaron a finales de marzo.
El indulto, independientemente del recurso ante el Constitucional, sigue adelante. Fuentes cercanas al Ministerio de Justicia explicaron ayer que el Gobierno podría pronunciarse sobre la medida de gracia antes de que el Constitucional emita su sentencia, aunque las mismas fuentes estimaron muy posible que el Ejecutivo espere el veredicto del Tribunal para no pillarse los dedos en un tema tan espinoso.
Los Albertos fueron condenados el pasado 14 de marzo a tres años y cuatro meses de cárcel por el Tribunal Supremo. Esta sentencia revocó una anterior de la Audiencia Provincial de Madrid, que, aunque consideraba probada la estafa, declaraba prescritos los hechos.
En su escrito, la Sala de lo Penal del Supremo afirmaba que Alberto Cortina y Alberto Alcocer estafaron a sus socios de Urbanor (propietaria de los terrenos de plaza de Castilla donde se construyeron las Torres Kio) cuando esta sociedad fue vendida a Kio en 1988.
La Sala, integrada por Carlos Granados, José Jiménez Villarejo, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano y Joaquín Giménez, consideró que los ex presidentes del Banco Zaragozano se lucraron con 24,5 millones de euros que debían haber ido a parar a los 28 accionistas minoritarios de Urbanor.
La sentencia estimó que hubo engaño al falsificar documentos mercantiles en los que se informaba de la compra de los solares a un precio inferior (901,52 euros por metro cuadrado) al que los Albertos pactaron con Kio (1.388,34 euros).
Evitar la cárcel
Los financieros iniciaron entonces todas las vías judiciales posibles para evitar la prisión. Por un lado, la petición de indulto, y por otro, el recurso al Constitucional.
Además, pidieron ante la Audiencia Provincial una suspensión temporal de la condena hasta que se solucionara el indulto, que el tribunal estimó porque las penas podrían resultar 'ilusorias' y haber sido ya cumplidas cuando el Gobierno decidiera la medida de gracia.
Los Albertos, que abandonaron automáticamente la presidencia del Banco Zaragozano al conocer la sentencia, ya han hecho frente a la responsabilidad civil del caso. Ambos fueron condenados a indemnizar con 24,5 millones de euros más los intereses a los accionistas de Urbanor, pago que ya han efectuado.
Según fuentes jurídicas, este hecho puede obrar favorablemente a su favor, en el caso de que el Gobierno decida no esperar la sentencia del Constitucional y tramitar el indulto.
Un vía crucis judicial que se inició hace 15 años
El vía crucis comenzó en 1988, cuando los Albertos vendieron Urbanor (propietaria del solar madrileño donde se construyeron las torres Puerta de Europa) al grupo kuwaití KIO. Los socios inician pleitos.En enero de 1993 se querellan por estafa y falsedad.En noviembre de 2000 se abre juicio. Los Albertos alegan prescripción de los delitos.El 25 de enero de 2001 la Audiencia Provincial les absuelve por prescripción de cargos, pero admite que hubo estafa y falsedad en documento mercantil.El 14 de marzo de este año el Supremo falla que los delitos no habían prescrito.El 26 de marzo los Albertos piden un indulto al Gobierno para evitar la cárcel. Días después reclaman amparo al TC.
El tribunal sólo admite el 5% de los recursos
No es nada frecuente que el Tribunal Constitucional admita a trámite los recursos de amparo. Este año, el tribunal prevé recibir un total de 8.000 asuntos jurisdiccionales, de los que unos 7.500 son recursos de amparo. De esos, según fuentes del Constitucional, se admitirá sólo el 5%; es decir, 375. El de los Albertos es uno de ellos. Tras la admisión a trámite, el Tribunal deberá dictar una sentencia a favor o en contra de los condenados. Depende del caso, pero la balanza siempre se inclina del lado del recurrente.El año pasado se concedieron siete amparos y sólo se denegaron tres, según la memoria del Constitucional. De los 7.456 asuntos que llegaron en 2002, la abrumadora mayoría (97,7%) también fueron recursos de amparo.
La tramitación de la medida de gracia seguirá adelante
El indulto solicitado al Gobierno por los Albertos y el recurso interpuesto ante el Constitucional son dos procesos paralelos pero independientes. Es decir, uno no interfiere el otro. El Gobierno no está condicionado a pronunciarse sobre el indulto antes de que el Constitucional emita su sentencia. Si los Albertos resultaran indultados, el Constitucional no emitiría una sentencia al haber decaído el objeto, es decir, al haber desaparecido el objeto del recurso.Pero también es posible que el Constitucional se pronuncie aunque el Gobierno decidiera indultar a los financieros, para sentar jurisprudencia. Este hecho es muy frecuente en recursos contra leyes, pero menos en los recursos de amparo, según fuentes jurídicas.