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Caso Urbanor

'Los Albertos' dejan la presidencia del Banco Zaragozano tras ser condenados a prisión

El Tribunal Supremo ha condenado a tres años y cuatro meses de prisión a los ya ex presidentes del Banco Zaragozano, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, por los delitos de estafa y falsedad en documento mercantil por el caso Urbanor. El alto tribunal también les condena a pagar a los accionistas minoritarios de Urbanor aproximadamente 49 millones de euros (incluidos los intereses legales). En la sentencia se declara responsables civiles subsidiarios a Fomento de Construcciones y Contratas y a Corporación Financiera Hispánica.

El Supremo considera que los accionistas minoritarios de Urbanor fueron estafados cuando la sociedad, propietaria de los solares de plaza de Castilla (Madrid), fue comprada por KIO en 1988 para construir las llamadas Torres KIO.

Según fuentes jurídicas, la Audiencia Provincial de Madrid, que dictó la absolución de Cortina y Alcocer y que ahora ha sido revocada por el Supremo, ordenará el ingreso en prisión de los acusados a mediados de la próxima semana.

Los abogados de ambos condenados han anunciado que presentarán un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y pedirán que se suspenda la ejecución de la condena, aunque no parece probable que se suspenda, según las mismas fuentes. El Supremo impone las penas de acuerdo al Código Penal de 1973, más beneficioso para los condenados. En el caso de que ingresen en prisión cumplirán aproximadamente un año de cárcel.

El fallo del Supremo desembocó en la dimisión fulminante como máximos responsables de la entidad financiera de Cortina y Alcocer. De hecho, nada más darse a conocer la sentencia, el consejo de administración del banco se reunió con carácter de urgencia para aceptar sus dimisiones como presidentes y miembros del consejo del Zaragozano en el que habían entrado en 1990 como consejeros y en 1997 como copresidentes.

Esta renuncia no es voluntaria, según fuentes jurídicas. La sentencia dictada por el Supremo les obliga a abandonar sus responsabilidades en el banco, a pesar de que ellos recurran al Constitucional. Tras este fallo, los Albertos, que poseen el 40% del capital del Zaragozano y el 48% de los derechos de voto, tendrían un mes de plazo para cesar si pierden la honorabilidad profesional o comercial, según señalan las mismas fuentes amparándose en la normativa del Banco de España. Pero los presidentes del Zaragozano han preferido no dilatar esta situación y presentaron inmediatamente su dimisión.

Banco de España

El Banco de España impone la honorabilidad por encima de cualquier requisito, y si un presidente, consejero o director general de una entidad financiera no cumple esta condición, el organismo supervisor está obligado a incoar un expediente disciplinario cuyo objetivo último es inhabilitar a los infractores en el ejercicio de cualquier actividad bancaria.

El requisito de honorabilidad está recogido en el Real Decreto 1245/1995 de Normas sobre Creación de Bancos, Actividades Transfronterizas y otras Cuestiones Relativas al Régimen Jurídico de las Entidades de Crédito.

En el artículo 2 de esta norma, relativo a los requisitos para ejercer la actividad bancaria, se dice textualmente que todos los consejeros de una entidad financiera 'serán personas de reconocida honorabilidad comercial y profesional'.

El texto regula en el artículo 2.2 que 'se entenderán que carecen de tal honorabilidad quienes tengan antecedentes penales o se encuentren procesados o (...) se hubiera dictado auto de apertura de juicio oral por delitos de falsedad, contra la Hacienda pública, de infidelidad en la custodia de documentos, blanqueo de capitales, de violación de secretos', etc.

En el hecho relevante remitido ayer a la CNMV (el segundo comunicado del banco en tres días) el Zaragozano anunciaba a primeras horas de la tarde la dimisión de los ya ex presidentes del banco, y respaldaba a Alcocer y Cortina.

'El consejo en pleno lamenta el motivo de esta renuncia y quiere manifestar que aunque los hechos juzgados por el Tribunal Supremo son ajenos al banco y anteriores en el tiempo al nombramiento como consejeros de la entidad de los señores Alcocer y Cortina, todos los miembros del consejo han conocido en detalle los hechos juzgados y, por ello, están plenamente convencidos de la inocencia de sus ex presidentes', destacaba el comunicado.

Honorabilidad para ser banquero

La Ley de Disciplina e Intervención del Banco de España reserva al supervisor la capacidad para declarar la nulidad de los derechos políticos correspondientes a las participaciones adquiridas irregularmente o cuando la influencia ejercida por las personas que las posean resulta en detrimento de la gestión sana y prudente de la entidad. En último extremo, eso podría obligar a los Albertos a vender su participación (40%) en el banco, según distintas fuentes, algo que, sin embargo, niega el banco. La normativa es muy clara en cuanto a los requisitos de honorabilidad. El Real Decreto 1245/1995, del 14 de julio, de normas sobre creación de bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito, señala textualmente que para ejercer la actividad bancaria los bancos tienen que 'contar con un consejo de administración formado por no menos de cinco miembros. Todos ellos serán personas de reconocida honorabilidad comercial y profesional, debiendo poseer, al menos la mayoría, conocimientos y experiencia adecuados para ejercer sus funciones'.La normativa deja claro que 'se entenderá que carecen de tal honorabilidad quienes tengan antecedentes penales o se encuentren procesados', lo que ha forzado la dimisión de los presidentes de la entidad. De no haber dimitido hubieran tenido como máximo el plazo de un mes para que se revocase el cargo.

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