_
_
_
_
Sentencia

El Constitucional ampara a tres trabajadores que fueron despedidos por hacer huelga

El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y ha concedido el amparo a tres trabajadores que fueron despedidos por ejercer su derecho a la huelga.

La sentencia del alto tribunal recalca que la huelga es un derecho fundamental y que la empresa no demostró que los despidos no tuvieran su causa en la convocatoria de paro. Es decir, el Constitucional afirma que es el empresario el que tiene la carga de la prueba. En este caso, según la resolución, 'el empresario debía probar la desconexión entre sus actos extintivos y el conflicto'. Añade que, 'habiéndose hecho valer el poder empresarial frente a la presión legítima de la huelga', debe ser admitido el amparo.

Explica el alto tribunal que el ejercicio de las facultades del empresario, así como la legalidad de sus actos no pueden en ningún caso ser lesivos de los derechos fundamentales de los trabajadores. El Constitucional considera probado que los despidos están relacionados con el derecho a la huelga. Argumenta que los despidos de los tres trabajadores y su posterior readmisión tuvieron 'efectos directos sobre la huelga, hasta tal punto que la recontratación pasó a sumarse a las negociaciones sindicales que motivaban la huelga'. Destaca que el empresario readmitió a los tres empleados a cambio de la desconvocatoria de paro.

Explica la sentencia que, 'fuera o no una estrategia de negociación en el conflicto, de lo que no cabe duda es de que, objetivamente valorado, se ha producido un menoscabo del ejercicio del derecho fundamental y de los propósitos que con el mismo se perseguían'.

El tribunal establece que la empresa no puede limitarse a invocar su libertad de contratación, ya que 'los poderes empresariales se encuentran limitados en su ejercicio no sólo por las normas legales o convencionales que los regulan, sino también por los derechos fundamentales del trabajador, constituyendo un resultado prohibido su utilización lesiva'.

Archivado En

_
_