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Las comunidades sin competencias sanitarias no asumirán el IVA

El recientemente firmado acuerdo del nuevo sistema de financiación autonómica que regirá a partir de enero de 2002 contempla entre sus principios que para poder asumir la cesión del IVA y los impuestos especiales de fabricación, así como la cesión del impuesto sobre la electricidad y del impuesto especial sobre determinados medios de transporte, será "condición necesaria tener traspasados los servicios de gestión de asistencia sanitaria de la Seguridad Social".

En principio, el Gobierno se había propuesto que el proceso de transferencia de la Sanidad a todas las comunidades autónomas estuviese culminado a finales del ejercicio de 2002, pero en la actualidad las dificultades por las que atraviesa la negociación hacen poco viable el cumplimiento de ese calendario.

Coste del traspaso

Las discrepancias fundamentales que están obstruyendo la negociación se centran en que el coste que estima Sanidad que tendrá el traspaso no convence a algunas comunidades, que lo consideran escaso para el volumen de servicios que deberán prestar a los ciudadanos una vez que cuenten con plenas competencias sanitarias.

No obstante, la coexistencia de dos Administraciones públicas (central y autonómica) con responsabilidades en materia sanitaria hace que al final, aunque algunas competencias sean asumidas por las autonomías, sobre el Estado seguirá pesando la responsabilidad exclusiva en lo que se refiere al régimen económico de la Seguridad Social entre otros.

Otra de las novedades que incluye el acuerdo suscrito por el Gobierno central y las 15 comunidades autónomas afectadas por el mismo hace referencia al Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).

El nuevo sistema establece que se promoverán las modificaciones normativas necesarias para permitir que con cargo al FCI puedan destinarse hasta un 25% de los fondos correspondientes a gastos corrientes asociados a las inversiones durante los dos primeros años de la puesta en marcha de las mismas.

Asimismo, a partir de 2002, las ciudades de Ceuta y Melilla serán beneficiarias del FCI, a cuyo fin se incrementará el mismo en la idéntica cuantía que el Estado destinaba a inversiones en Ceuta y Melilla, en virtud de la ley que regula el FCI.

En los Presupuestos Generales del Estado se establecerán las dotaciones necesarias para corregir las situaciones especiales que puedan desequilibrar la prestación de los servicios públicos fundamentales a un nivel adecuado.

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