La normativa de créditos al consumo ya debería estar en vigor
Pocos ejemplos hay de una actividad donde el desequilibrio de conocimientos y poder de mercado sea tan extrema


Los créditos rápidos son una suerte de inframundo dentro del sector financiero, donde proliferan los abusos por desconocimiento y donde abunda, también, la necesidad extrema. Se pueden encontrar préstamos con tipos de interés TAE de cuatro dígitos (3.000%, 4.000%) y situaciones personales y familiares dramáticas. Salir de una situación de sobreendeudamiento es extremadamente difícil, y ganar tiempo (pidiendo más dinero) equivale a adentrarse más en el agujero negro.
En este sentido, la propuesta del Gobierno para regular este sector es bienvenida, por más que España, de forma un tanto incomprensible, haya sido el último país europeo en trasponer la normativa europea. El texto cierra las numerosas vías de agua en la normativa actual, que, en un entorno de proliferación de operadores y canales de distribución, han abierto el camino a abusos.
De entrada, cualquier entidad que proporcione préstamos al consumo deberá estar dada de alta. Actualmente existen firmas de microcréditos especializadas en proporcionar dinero rápido y sin preguntas a personas en situación de vulnerabilidad, con intereses abusivos y sin evaluar la solvencia del cliente (a diferencia de un banco). La ausencia de regulación también ha dejado la puerta abierta a las prácticas comerciales agresivas de parte del sector.
La normativa también exigirá, así, mejorar la información contractual, de cara a evitar engaños, y se aplicará a los préstamos al consumo pero también a las tarjetas de crédito o revolving y a las fórmulas de compre ahora y pague después. El detalle más llamativo, en todo caso, es la fijación de límites al tipo de interés aplicado. En este apartado, parte del sector financiero cuestiona la necesidad de establecer un límite fijo para todas las operaciones y plazos, y sobre la mesa del Tesoro está algún tipo de segmentación. Además, aunque el espíritu de la norma es evitar los abusos, la aplicación del mismo límite TAE anual a préstamos a varios años (como el caso de un coche) y a los créditos rápidos de un par de semanas puede no ser eficiente y ahogar esta última actividad. Aunque haya sido pasto de los abusos, puede cubrir las necesidades de ciertos colectivos, una vez amparada, claro está, por una regulación que proteja al usuario.
Tendrá que hilar fino el legislador. En todo caso, pocos ejemplos hay donde sea más clara y patente la necesidad de una reglamentación. Pocos ejemplos hay de una actividad económica donde el desequilibrio de conocimientos y poder de mercado sea tan extrema.
