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Editorial
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Cicatrizar las heridas de las cláusulas suelo

Haría bien la banca en ir resolviendo estos casos y no alargar innecesariamente un proceso que ya está sentenciado para la opinión pública: el sector financiero cometió abusos durante la Gran Recesión

CINCO DÍAS
Concentración de miembros de la plataforma de afectados por las cláusulas suelo.
Concentración de miembros de la plataforma de afectados por las cláusulas suelo.Efe

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló ayer el uso de las demandas colectivas como vía para reclamar a los bancos por las cláusulas suelo. El fallo marca el camino al Supremo para dar el golpe final a esas cláusulas abusivas. La decisión final del alto tribunal español coincidirá con la tramitación de un proyecto de ley en el Congreso de los Diputados para regular las acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios.

El límite impuesto por la banca a los consumidores en las hipotecas ya se declaró injusto en 2013 porque los bancos trasladaron todo el riesgo de los préstamos a los clientes sin ofrecer la suficiente información. En 2022, la justicia europea ordenó la devolución íntegra de las cantidades que los hipotecados abonaron de más. Sin embargo, los bancos no dieron la batalla por perdida y se aferraron a los controles judiciales de transparencia. A pesar del daño reputacional que sufrieron en la crisis financiera por los abusos cometidos durante aquellos años con los escándalos por los desahucios, las preferentes u otras cláusulas hipotecarias cuestionables, las entidades insistieron en dar la batalla en los tribunales para tratar de demostrar que los consumidores no fueron engañados.

No obstante, este argumento no ha servido para defenderse de la mayor acción judicial interpuesta contra la banca en la historia de España: la macrodemanda que la asociación de consumidores Adicae, en representación de más de 800 personas, tiene en marcha desde hace más de 10 años contra un centenar de entidades. El Supremo planteó al TJUE sus dudas sobre la viabilidad de una acción colectiva por la dificultad de hacer un examen conjunto de transparencia, ya que no se puede valorar caso a caso y si el cliente afectado responde al perfil de “consumidor medio, normalmente informado”.

La respuesta de la máxima instancia judicial europea ha sido clara: no hay nada en la normativa europea que impida hacer el control en relación con la reclamación de un grupo heterogéneo. Es más, ha guiado al Supremo para que compruebe si todas las cláusulas cuestionadas son similares entre sí porque encajan en “prácticas contractuales y precontractuales estándar”.

A expensas de la decisión final del Supremo, haría bien la banca en ir resolviendo estos casos y no alargar innecesariamente un proceso que ya está sentenciado para la opinión pública: el sector financiero cometió abusos durante la Gran Recesión y no debería mantener abiertas aquellas heridas.

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