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En colaboración conLa Ley

La Comunidad de Madrid garantiza el pago a los abogados del turno de oficio por actuaciones previas al juicio

La orden establece módulos específicos de pago en función del resultado de estas actuaciones previas

En la foto, de izq. a dcha., Juan Manuel Maillo (turno de oficio ICAM) y Eugenio Ribón (decano ICAM), con motivo del día de la justicia gratuíta en julio de 2024.

La Comunidad de Madrid ha aprobado una orden que asegura la remuneración de los abogados del turno de oficio por las nuevas actuaciones previas al proceso judicial, impuestas por la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. Esta normativa obliga a utilizar medios adecuados de resolución de conflictos —como la mediación o la conciliación— antes de iniciar cualquier procedimiento civil, y entró en vigor el pasado 3 de abril. Los abogados y procuradores ya tienen obligación de cumplir con este nuevo requisito procesal, pero los juzgados no comenzarán a tramitar estas demandas hasta dentro de dos o tres meses, según el retraso acumulado en cada

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha valorado positivamente esta medida, publicada este martes, 8 de abril, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), ya que responde a una reivindicación histórica del colectivo. La orden establece módulos específicos de pago en función del resultado de estas actuaciones previas: si se alcanza un acuerdo entre las partes o si, por el contrario, se debe continuar con el litigio en sede judicial.

Juan Manuel Mayllo, diputado responsable del turno de oficio del ICAM, ha destacado que esta iniciativa “garantiza el pago a los profesionales de turno de oficio por nuevas actuaciones impuestas por la LO 1/2025″, cumpliendo así con el principio de que ningún trabajo realizado por estos abogados quede sin remunerar.

Por su parte, el decano del ICAM, Eugenio Ribón, ha calificado la orden como “un paso decisivo para dignificar el trabajo de los abogados del turno de oficio”, subrayando que supone una adaptación necesaria del sistema de justicia gratuita a las nuevas exigencias legales.

A pesar del avance, el ICAM ha mostrado su preocupación por algunos aspectos de la ley que pueden dificultar el acceso a la justicia, especialmente para los colectivos más vulnerables. Según Mayllo, aunque la normativa contempla la intervención del abogado en estas fases previas, no cubre el coste del mediador o conciliador, lo que podría suponer una barrera económica para los beneficiarios de justicia gratuita.

Desde el Colegio se insiste en la necesidad de desarrollar mecanismos públicos y gratuitos que aseguren el acceso efectivo a estos procedimientos alternativos, y se comprometen a seguir trabajando junto a las administraciones para mejorar el sistema de asistencia jurídica gratuita.

En otras comunidades autónomas, como Andalucía, se está trabajando para reflejar en el baremo de honoarios de los abogados de turno de oficio los trabajos previos que exige la Ley de Eficiencia que entró en vigor el pasado 3 de abril. El Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (CADECA) manifestó públicamente  hace una semana su  preocupación  ante  la  falta  de  fijación,  por  parte  de la  Consejería  de  Justicia,  Administración  Local y  Función  Pública  de  la  Junta de Andalucía, de los nuevos módulos que deben de regular la compensación económica de los profesionales de la abogacía en estos supuestos.



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