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En colaboración conLa Ley

La Abogacía alerta sobre la prohibición de ofrecer asesoramiento jurídico a las víctimas de la dana

El CGAE aconseja a quienes quieran aportar sus conocimientos desinteresadamente que lo hagan a través de los canales que están habilitando los colegios profesionales

Número 13 del Paseo de Recoletos (Madrid), sede del Consejo General de la Abogacía Española
Número 13 del Paseo de Recoletos (Madrid), sede del Consejo General de la Abogacía EspañolaCGAE

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha dado un toque de atención a los despachos de abogados que están publicitando asesoramiento gratuito a las víctimas de la dana. En un comunicado hecho público hoy, la Abogacía remarca que la publicidad de servicios profesionales de asesoramiento jurídico a las víctimas de catástrofes o delitos es un comportamiento expresamente prohibido por el Estatuto General de la Abogacía Española y el Código Deontológico de la Abogacía. La comisión de deontología del CGAE sugiere que se canalice esta ayuda a través de los servicios de orientación jurídica habilitados por los colegios profesionales y reitera las condolencias y solidaridad con todas las víctimas de la dana y sus familias.

La comisión de deontología sale así al paso de las denuncias planteadas por algunos ciudadanos sobre la existencia de anuncios que circulan por las redes sociales donde colectivos, asociaciones o despachos se ofrecen a asesorar a las víctimas de la catástrofe. “La comisión no duda de las buenas intenciones de quienes están detrás de algunos de esos anuncios, pero recuerda que el ejercicio de la publicidad en la abogacía está claramente regulado en la Ley 4/2015 que regula el Estatuto de la Víctima de delito y en el Estatuto General de la Abogacía, así como en su Código Deontológico”, expresa en su comunicado.

En concreto, esta prohibición se expresa en el artículo 6 del código, que dice: “la oferta de servicios profesionales, por sí o mediante terceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de personas afectadas y a sus herederos y causahabientes, en momentos o circunstancias que condicionen la elección libre de Abogado y, en ningún caso, hasta transcurridos 45 días desde el hecho”.

La comisión deontológica no duda de que los anuncios “son fruto del impulso por ayudar y solidarizarse”, pero señala que “no es descartable que algunos profesionales los hayan utilizado como una acción de marketing, tratando de generar con su altruismo un vínculo emocional con personas que están en una situación de extrema vulnerabilidad, que es precisamente lo que quiere evitar la Ley de Víctimas y la regulación profesional de la abogacía”. Es por ello, finaliza el comunicado, “que la comisión reitera la irregularidad que suponen este tipo de ofertas por sí o mediante terceros”.


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