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En colaboración conLa Ley

El seguro de responsabilidad civil pasa factura a los abogados

Los errores de agenda por las huelgas en la Justicia pueden provocar un aumento de la siniestralidad

GETTY IMAGES
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Más de 154.000 abogados en toda España tienen la obligación legal de contar con un seguro de responsabilidad civil en el ejercicio de su profesión. Un mercado que puede mover más de 27 millones de euros –con una media de 175 euros anuales que cada abogado paga por su póliza- para proteger frente a errores y posibles negligencias de los letrados, según datos oficiales.

Solamente los Colegios de la Abogacía de Madrid y Barcelona tienen presupuestados cerca de 7,5 millones de euros en sus pólizas colectivas de responsabilidad civil de sus colegiados ejercientes. En 2023, Madrid gastará casi cuatro millones de euros para proteger a sus 44.556 abogados, que ingresan a través de sus cuotas cerca de 90 euros anuales por una cobertura de 330.000 euros frente a casos de responsabilidad civil. Muchos letrados amplían el importe de esta póliza, a través de las denominadas capas de protección, para cubrir mayores riesgos y evitar la franquicia de 2.500 euros.

Por su parte, el Colegio de la Abogacía de Barcelona pagará este año cerca de 3,5 millones de euros para cubrir la responsabilidad civil de 17.256 colegiados ejercientes que abonan 201 euros al año mediante el pago de sus cuotas.

Condiciones de mercado

Durante la Jornada sobre la Responsabilidad Civil del Abogado, celebrada recientemente en el colegio de Granada, los letrados han destacado la importancia de la negociación de estas pólizas colectivas para obtener las mejores condiciones en el seguro. Entre las conclusiones de la jornada, destaca la recomendación a las corporaciones colegiales de evitar las prácticas de cierre de mercado y presión llevadas a cabo por algunos brókeres “con la única finalidad de mantener cautivo al colectivo”.

Antonio Mir, vicedecano del Colegio de Abogados de Granada, apuesta por las “pólizas colectivas porque los colegiados disponen de un mayor poder de negociación y permiten accede a mayores ventajas con condiciones económicas más beneficiosas”. Además, existe un seguimiento más directo del siniestro por parte del Colegio, la compañía y el bróker.

Los abogados granadinos cuentan con una póliza colectiva cuya prima anual es de 286 euros con un límite por siniestro y asegurado de 1.100.000 euros en la capa básica. Ana García, responsable de gestión de Responsabilidad Civil del Colegio de Abogados de Granada, reconoce que estas coberturas y precios difícilmente se encontrarían en una póliza individual porque “por encima de los 800.000 euros el aseguramiento es muy complicado y en el hipotético caso de que se pudiera lograr, la prima podría triplicarse o cuadruplicarse”.

Los colegios profesionales apuestan porque las pólizas colectivas sirvan como vehículos para suscribir segundas capas en función del riesgo de cada abogado, permitiendo aumentar la cobertura del siniestro a unos precios más ajustados al mercado del seguro.

Entre las causas más comunes para activar la cobertura de responsabilidad civil profesional se encuentra el incumplimiento de plazos procesales, los errores en la estrategia procesal y la falta de información al cliente, por lo que la abogacía recomienda el uso de las hojas de encargo profesional.

La reclamación por negligencia profesional más habitual es el error de agenda, consistente en la confusión a la hora de computar y anotar el plazo procesal que procede para cada tipo de acto o trámite judicial, como es la presentación de una demanda o un recurso fuera del plazo legalmente previsto.

Huelgas

Aunque la abogacía no teme un aumento de reclamaciones por las huelgas en la Administración de Justicia, si es posible que estos paros influyan en el aumento de errores de agenda. La gran cantidad de señalamientos judiciales que han sido suspendidos con motivo de la huelga y que posteriormente se han vuelto a fijar o están pendientes de nuevo plazo “pueden provocar errores en las nuevas anotaciones de las fechas señaladas”, asegura Antonio Mir.

La responsabilidad de un letrado por su ejercicio profesional, no obstante, es de medios, por lo que su actividad no garantiza un resultado favorable.

Normativa y mercado

Regulación. El vigente Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado mediante Real Decreto en marzo de 2021, no recoge entre los requisitos previstos para colegiarse la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil (RC). Sin embargo, el Código Deontológico de la Abogacía, aprobado en marzo de 2019, prevé en su artículo 20 que “se deberá tener cubierta la responsabilidad profesional en cuantía adecuada a los riesgos que implique”.

Capas. ELa mayoría de abogados tiene cubierta esta responsabilidad a través de pólizas colectivas colegiales. Para tener cobertura de responsabilidad civil en cuantía adecuada a lo establecido en el Código Deontológico, “todo abogado está obligado a analizar la actividad que desarrolle y sus riesgos para determinar si el límite contratado es adecuado y realista”, asegura Manuel Blanco Alpuente, responsable de producto de Responsabilidad Civil Profesional del Grupo Catalana Occidente. Los expertos recomiendan pólizas de ampliaciones o capas en exceso sobre la cobertura básica del seguro colectivo colegial.

Futuro. Factores como la cultura social de la reclamación, el conocimiento tardío de los siniestros, el incremento de la judicialización de los incidentes o el actual contexto inflacionista está produciendo incertidumbre en estos productos de aseguramiento. Manuel Blanco, Grupo Catalana Occidente, reconoce que “el mercado de responsabilidad civil profesional de abogados se ha endurecido debido, principalmente, al incremento de la siniestralidad, con un aumento de la frecuencia siniestral”. Para un futuro mejor de este sector es necesario “priorizar elementos cualitativos por encima de aspectos estrictamente económicos”, como es la gestión de un mediador especialista con conocimientos profundos del sector.

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