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En colaboración conLa Ley

Operar un dron exige tener un seguro de responsabilidad civil, excepto si es de juguete

La póliza asegura a la persona que lo dirige, no al vehículo aéreo, y las primas para amateurs parten de los 150 euros

Getty
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La primera Semana Santa tras la Covid ha significado volver a la normalidad y numerosas cofradías han grabado con dron el recorrido de los pasos. Estas aeronaves se han popularizado en los últimos años, pero también han protagonizado numerosos accidentes: enredarse en una línea eléctrica, estropear un vehículo por caída, provocar incendios o producir lesiones a personas.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión Europea relativo a la utilización de aeronaves no tripuladas, en pleno vigor desde julio de 2021, cambia algunas de las obligaciones y condiciones en el uso de drones. Con la normativa europea, el seguro de responsabilidad civil es obligatorio para todos los vuelos de drones excepto para los militares, siendo solo aconsejable en los de menos de 250 gramos y los considerados como juguetes.

Teniendo en cuenta que las ventas de drones se multiplican año tras año, su gran variedad de usos y el daño potencial que pueden ocasionar, Luis Alfonso Fernández, socio responsable de la práctica de seguros y reaseguros de Bird & Bird en España, apoya la decisión del legislador comunitario “pues las responsabilidades que pueden derivarse de su uso requieren una especial protección para los posibles perjudicados, a pesar de que ello implique encarecer la actividad de los operadores obligándoles a suscribir ese seguro obligatorio”.

Por su parte, Efrén Díaz Díaz, responsable de las Áreas de Tecnología y Derecho Espacial del Bufete Mas y Calvet, asegura que el reglamento europeo configura el seguro en un “marco de riesgo amplio, pues se centra en operaciones que puedan entrañar un riesgo para la seguridad, la protección, la privacidad y la protección de los datos personales o del medio ambiente”.

Regulación española

En España, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AEASA) recuerda que hasta que se apruebe el real decreto de UAS (Unmanned Aerial System), actualmente en tramitación, es necesario tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice tanto para fines recreativos como profesionales.

Todos los drones superiores a los 250 gramos deben tener seguro obligatorio, que para las naves de menos de 20 kilos deberá cubrir daños de al menos 265.000 euros. Si el peso es superior a 20 kilos tendrán que estar asegurados al menos por 325.000 euros.

Ahora bien, en España sólo se exige la contratación al “operador, no a cualquier usuario de drones ni respecto de cualquier dron: sólo respecto de los no considerados juguete”, afirma Efrén Díaz.

Diferentes reglamentos europeos definen el dron de juguete como “la aeronave no tripulada diseñada para el juego de niños menores de 14 años o cuyo uso esté previsto para dicho fin”, según Díaz. El abogado recuerda que también se les aplica el Real Decreto 1205/2011 sobre la seguridad de los juguetes, “pues deben cumplir los requisitos previstos en dicha disposición”.

Por otro lado, el hecho de que los drones de menos de 250 gramos no estén obligados a tener un seguro obligatorio “no significa que las personas físicas o jurídicas que los operen no puedan ser consideradas responsables frente a terceros por los daños causados; son responsables con independencia de que dispongan o no de un seguro”, recuerda Fernández.

El seguro del dron no recae sobre la nave, sino sobre el operador, que puede manejar tantos aparatos como quiera con una sola póliza. El precio de las mismas varía según el piloto sea un profesional o un particular, en este caso ronda los 150 euros al año. Los seguros para profesionales están entre 200 y 400 euros. Para Luis Alfonso Fernández, el importe de las primas puede “desincentivar” el uso de los drones con fines recreativos, “pero no creo que tenga ese impacto cuando se trate de uso profesional, la inmensa mayoría contaría con un seguro de responsabilidad civil aunque no fuese obligatorio”.

UAS con pasajeros

U-Space. Es el proyecto europeo para respaldar la seguridad, eficiencia y acceso seguro al espacio aéreo para drones o UAS (Unmanned Aircraft System). Su objetivo principal es el de garantizar un corredor aéreo para drones y aerotaxis de forma segura e integrados con el resto de aeronaves, tanto civiles como comerciales. El uso de drones para la logística, traslado de material en situaciones de emergencias y aerotaxis será una realidad en zonas pobladas a partir de 2025, cuando el proyecto U-Space finalice su tercera fase y, siendo optimistas, vuele el primer dron de pasajeros por alguna ciudad española.

Normas europeas. La Comisión Europea ha aprobado en 2021 tres reglamentos de ejecución con la finalidad de regular el denominado U-space. Estas nuevas regulaciones de aplicación en toda la Unión Europea y con efecto directo en cada Estado miembro adoptan normas y condiciones para la integración de los UAS (sistemas aéreos no tripulados, por sus siglas en inglés) no de forma segura con la aviación tripulada. Estos Reglamentos se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea en 2021, pero expresamente se establece que serán aplicables a partir del 26 de enero de 2023.

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