El empleado que suele salir tarde no necesita probar cada hora extra
La justicia da la razón al trabajador al que la empresa tendrá que pagar una indemnización de 8.600 euros
Si un trabajador prolonga de manera habitual su jornada laboral, no está obligado a acreditar cada una de las horas extraordinarias que realiza para que la empresa se las retribuya. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en una sentencia en la que ha confirmado el fallo de primera instancia, que condenó a la empresa a indemnizar al operario con 8.675 euros(acceda a la sentencia aquí).
El tribunal gallego ha destacado que las horas extraordinarias son “horas de trabajo complementarias cuya retribución responde, salvo supuestos especiales, a una tarea ocupacional con existencia real, efectiva y actual, ejecutada por el operario sobrepasando la jornada normal”. En consecuencia, según se señala en la resolución, el rigor que normalmente se exige para demostrar cada hora extra realizada se pierde cuando la prolongación de la jornada laboral es habitual.
Por lo tanto, una vez que el empleado ha acreditado esa habitualidad, probando que todos los días trabajaba dos horas de más, no necesita justificar cada una de esas horas. Por su parte, la empresa no demostró que el trabajador disfrutara de días de descanso adicionales para compensar tal exceso de horas de trabajo, lo que refuerza la calificación de esas dos horas de más diarias como horas extraordinarias no recompensadas.
Los magistrados tampoco han considerado que el hecho de que el empleado no solicitara un exceso de jornada ante la necesidad de quedarse más tiempo todos los días para acabar su trabajo, le obligue a acreditar una por una cada hora extraordinaria reclamada.