_
_
_
_
En colaboración conLa Ley
Derecho
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Incoterms® 2020: dificultades en su aplicación

No son normas jurídicas, ni constituyen un contrato modelo, sino que representan costumbres de responsabilidades y riesgos

Los Incoterms® se utilizan casi en cada operación de comercio internacional dado su carácter uniforme y redacción fácil de entender. Actualmente los Incoterms® representan 11 términos, divididos según el modo de transporte, que establecen reglas de distribución de riesgos, costos y obligaciones de las partes en compraventa nacional e internacional. Desde el año 1953 se modificó su redacción 8 veces. La última de ellas entró en vigor el 1 de enero de 2020.

La nueva versión de las Reglas de Incoterms® introdujo varias modificaciones en los términos, cuya necesidad se puso de manifiesto a lo largo de la vigencia de la redacción anterior de 2010. ¿Cuáles son los problemas más frecuentes en la utilización de estos términos? ¿Por qué se decidió modificar Incoterms®?

Para empezar, habría que mencionar el debate que rodeó la regla EXW (En Fábrica). Este término seguía dando problemas a las partes y se sopesó en varias ocasiones su eliminación. Finalmente, este término se quedó en la versión actual, acompañado de un consejo de la Cámara de no utilizarlo y recurrir preferentemente a otros. La dificultad principal de esta regla radica en el despacho de aduanas que efectúa el comprador y que puede desconocer los trámites administrativos, así como negarse a proporcionar al vendedor el justificante de que la mercancía ha cruzado la frontera, siendo este documento imprescindible para justificar la exención en el IVA. Además, como es el comprador quien realiza carga de productos, debe contar con medios suficientes y evitar accidentes en los establecimientos del vendedor. Los bancos, a su vez, no suelen admitir la constitución de créditos documentarios con EXW.

Respecto a la regla FCA (franco porteador), los bancos requerían al vendedor que aportara un documento de transporte con anotación “a bordo” que era imposible conseguir por el carácter de este término. El problema se ha solucionado mediante la introducción de la obligación del comprador de dar instrucciones al porteador de facilitar este documento.

Los términos FCA, DAP (entregada en lugar), DAT, ahora DPU, (entregada en lugar descargada) y DDU (entregada derechos pagados) no incluían la posibilidad de que el vendedor pudiera gestionar el transporte con sus propios medios, sino que debía contratar a un transportista. Incoterms® 2020 se han escuchado los ruegos de los comerciantes y han arreglado los términos permitiendo que “no solo que se formalice un contrato de transporte, sino también que simplemente se disponga el transporte necesario”.

El término DAT, introducido en 2010, fue reemplazado por DPU para no provocar confusiones a los que llevaba la palabra “terminal”, limitando la entrega hasta este punto. DPU prevé la posibilidad de entregar y descargar en cualquier lugar acordado. No se debe olvidar que solo se podría recurrir a esta regla si el vendedor conoce bien el lugar y su aptitud para la descarga, en caso contrario, el término más adecuado sería DAP.

Debido al tipo de mercancía que suele transportarse bajo el término CIP (transporte y seguro pagados hasta), se vio la necesidad de aumentar el tipo de seguro al nivel “A”, dejando el nivel “C” en CIF (costo, seguro y flete). Si bien solo estas dos reglas prevén la obligación de asegurar la mercancía, es aconsejable que las partes cuenten con un seguro con cualquier término que se utilice, dados los riesgos de daños existentes independientemente de la calidad del servicio de transporte.

A pesar del carácter universal de los términos, los Incoterms® 2020 desatienden la transmisión de propiedad, el derecho aplicable, las consecuencias de incumplimientos, el efecto de las sanciones, o los eventos de fuerza mayor. Es muy habitual que el vendedor incluya cláusulas adicionales en la factura o en su reverso. Sin embargo, esta escasez de información puede dar lugar a confusiones e interpretaciones erróneas, y, por ello, es recomendable tener redactado un contrato de compraventa a tal fin.

No hay que olvidar que los Incoterms® no son normas jurídicas, ni constituyen un contrato modelo, como puede ser el caso de FIDIC (contratos en los sectores de la ingeniería y la construcción) o GAFTA (contratos para la venta de granos), sino que representan costumbres de responsabilidades y riesgos, y por ello deben utilizarse siempre con arreglo a las leyes aplicables y convenios internacionales.

Inga Agoshkova, abogada de RSM Spain

Archivado En

_
_