DLA Piper lanza un fondo de financiación de litigios de 150 millones de libras
El bufete ha creado este mecanismo junto a Litigation Capital Management (LCM) y Aldersgate Funding Limited
El bufete DLA Piper ha anunciado el lanzamiento de un fondo de financiación de litigios de 150 millones de libras, "el mayor del mercado anglosajón y español", según destaca en un comunicado. El mecanismo ha sido creado junto a Litigation Capital Management (LCM) y Aldersgate Funding Limited.
La financiación de litigios es un negocio emergente que cuenta con mucha más implantación en países como Estados Unidos y el Reino Unido. En España, trata de abrirse camino, pero aún no es percibido como una alternativa real para costear grandes demandas. Este sistema permite costear los gastos de un pleito o monetizar su valor a cambio de una parte de los beneficios que genera. En los mercados anglosajones, esta fórmula financiera se utiliza ampliamente en procesos de reclamación de daños, incumplimientos contractuales o expropiaciones.
El fondo de litigios que ha creado DLA Piper “permite a sus clientes acceder a condiciones de financiación más favorables que las del mercado general, y de conseguir financiación dentro de un plazo más corto”, explica Ben Sanderson, of counsel y director internacional de la práctica de arbitraje de la firma. En este caso, el bufete comparte el riesgo de litigar y, además, el cliente no paga nada por su asesoramiento en caso de alguna resolución desfavorable. Estos fondos de litigios tienen como gran ventaja para las empresas “que les permite quitar un riesgo legal del balance, y transformar un litigio en un activo financiero”, añade Sanderson.
El letrado subraya que esta figura es más reconocida en el mundo anglosajón, pero se estima que la crisis pueda generar un mayor interés por este tipo de servicios en España. “El mercado español es un mercado emergente para la financiación de litigios, en el que se plantean tanto grandes reclamaciones como pleitos masivos especialmente en sectores de alto interés para los inversores, como por ejemplo energías renovables, derecho de la competencia o bancario, entre otros”, concluye.