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En colaboración conLa Ley

Condenado un letrado por insistir en un caso imposible de ganar

El abogado deberá indemnizar a su cliente con casi 29.000 euros

La Audiencia Provincial (AP) de Badajoz ha condenado a un abogado por no advertir a su cliente del evidente riesgo de fracaso en un asunto imposible de ganar. El tribunal considera que el letrado vulneró la lex artis (el estándar de calidad exigible a los servicios profesionales en el ámbito jurídico) al interponer hasta en cuatro ocasiones una demanda exigiendo el pago de una deuda que nunca se produjo. Por ello, fija una indemnización de 28.972 euros.

Según recoge el fallo, el caso se remonta a 2007, año en el que el abogado defendió a su cliente en un proceso judicial. La otra parte fue condenada únicamente a elevar a escritura pública un contrato privado de compraventa de terraza y azotea, pero no se impuso ningún tipo de obligación económica entre ambos.

Poco después, el letrado interpuso una demanda de ejecución dineraria que el juez archivó al ser imposible de cumplir (no existía ninguna deuda pendiente). Posteriormente, presentó otras dos demandas en el mismo sentido, que fueron inadmitidas. En el cuarto intento, el juzgado admitió la queja, desestimó el caso y condenó al cliente a asumir las costas del proceso, que ascendían a 14.755 euros.

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Insistencia

El tribunal descarta los argumentos del abogado, que alegó la insistencia de su cliente para seguir presentando demandas. En este sentido, la Sala recuerda que una de las obligaciones de los profesionales de la abogacía es la de informar de las distintas posibilidades de alcanzar el resultado apetecido, y de los riesgos de asumir determinada vía de defensa,

Es por ello que los magistrados consideran que el letrado debería haber advertido del poco recorrido que tenían las pretensiones del cliente, así como del peligro de ser condenado a las costas (como así ocurrió).Al fin y al cabo, él es el técnico en Derecho.

En este sentido, el tribunal sugiere que, ante la supuesta obsesión e insistencia del cliente, el demandado podría haber firmado un documento en el que constase que, si se perseveraba en pedir esa ejecución dineraria, era por la decisión de éste y contra su criterio profesional. Otra opción, agregan los magistrados, hubiera sido la de renunciar al caso.

Al no llevar a cabo ninguna de las dos opciones, el letrado “faltó a sus deberes profesionales tanto de ámbito técnico-legal como de orden deontológico”, concluyen.

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