El CGPJ exculpa a los letrados judiciales de la filtración en la sentencia de 'La Manada'
El informe apunta a múltiples causas que propiciaron un fallo de “carácter sistémico”
La investigación abierta en el seno del Poder Judicial sobre la filtración de los datos personales de la víctima de La Manada ha finalizado con un informe en el que, sin señalar un responsable concreto, concluye que esta se debió a un fallo de "carácter sistémico". En un comunicado hecho público este jueves, el órgano de gobierno de los jueces informa que la Comisión Permanente ha aprobado el informe definitivo del Gabinete Técnico, que apunta múltiples causas de tipo organizativo y circunstanciales. La urgencia en la comunicación de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Navarra, de gran interés y transcendencia, fue, según este informe, un factor que propició la difusión de los datos de la víctima.
Según se explica, la remisión de la sentencia con el Código Seguro de Verificación (CSV) que posibilitaba el acceso a su contenido íntegro se debió a “la inmediatez con la que la responsable de la Oficina Judicial fue requerida por el tribunal para efectuar el traslado de la sentencia a la Oficina de Comunicación apenas hubo sido notificada a las partes”.
Sin embargo, un informe previo de la vocal encargada de la investigación apuntaba diréctamente a la letrada de la Administración de Justicia de la Audiencia, como responsable del tratamiento de datos de carácter personal de los archivos judiciales. El colectivo se movilizó, calificando de "absoluto error" el informe, tal y como explicaba Rafael Lara, presidente del Colegio Nacional de Letrados, en una entrevista concedida a Cinco Días. En ella, Lara aclaraba que la letrada de la Audiencia actuó de manera escrupulosa al transmitir la sentencia al gabinete de prensa, asegurándose previamente de que ellos borrarían los datos. Además exigía la aprobación de un protocolo de actuación y lamentaba la carencia de medios suficientes para actuar con total seguridad.
Por otro lado, el informe señala que no consta “con el necesario grado de certeza” que en la formación sobre firma electrónica facilitada a los integrantes del órgano judicial “se hubiese advertido expresamente de la posibilidad de acceder -a través del CSV- al texto íntegro de la sentencia, sin disociación de los datos de la víctima”, o que contasen con “los medios técnicos precisos para poder deshabilitar tal acceso a través del CSV y, en consecuencia, asegurarse de que el acceso al contenido de la sentencia lo era siempre y en todo caso al contenido con la pertinente disociación de los datos, especialmente sensibles, de la víctima”.
En vista de las conclusiones, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado instar a las autoridades competentes, tanto estatales como autonómicas, ,para que “adopten las medidas que sean precisas para procurar que quienes tienen encomendadas las distintas responsabilidades en materia de publicidad, comunicación y difusión de las resoluciones judiciales puedan ejercerlas en un contexto de seguridad técnica y de respeto a la normativa de protección de datos”.
Además, el CGPJ señala que llevará a cabo “las actuaciones precisas para elaborar una guía de recomendaciones en la aplicación de la normativa sobre protección de datos de carácter personal dirigida a los integrantes de la Carrera Judicial”, tal y como acordó la propia Comisión Permanente en su reunión del pasado 11 de octubre.