Los notarios pondrán el foco en más de 25.000 responsables públicos para luchar contra la corrupción
Crean una base de datos que alcanza también a los allegados Solo pueden acceder los cuerpos de seguridad del Estado, jueces, fiscales y notarios en procesos de investigación
La base de datos de personas con responsabilidad pública del notariado, presentada este jueves en la sede del Consejo General del Notariado, tiene identificadas a 25.185 personas físicas. Este archivo surge a raíz de lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Tal y como ha explicado José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado, "la importancia de esta base de datos de personas con responsabilidad pública del Notariado reside en la necesidad del Estado de controlar de modo eficaz los negocios que desarrollan todos aquellos que ejercen cargo público" y así poder prevenir o reprimir, delitos vinculados a la corrupción, como la prevaricación a la malversación de caudales públicos.
En marzo de 2012 se creó la base de datos de titular real (BDTR), que permite a las autoridades públicas saber quiénes son las personas ocultas tras sociedades, fundaciones, asociaciones, cooperativas o incluso entidades religiosas. Gracias a ella recuerda Pedro Galindo, director del Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales, "de 2.360.490 personas jurídicas sabemos con certeza el titular real, quién manda realmente en ellas".
La siguiente etapa ha sido esta base de datos de personas con responsabilidad pública, a disposición de las autoridades públicas desde noviembre de 2017.
¿Quién es persona de responsabilidad pública?
Actualmente, esta base de datos tiene identificadas a 14.641 personas con responsabilidad pública. Se trata de personas físicas que por elección o por designación ocupan cargos en altas instituciones del Estado, el Gobierno y la administración central, las Comunidades Autónomas, la administración local de ayuntamientos de más de 50.000 habitantes o directivos de empresas públicas. Es decir, desde el Jefe del Estado hasta un concejal de un ayuntamiento con más de 50.000 habitantes están identificados en este registro. Entre las personas que por elección tienen responsabilidad pública estarían los parlamentarios y entre los designados cargos como el de fiscal general de Estado o los miembros del Consejo General del Poder Judicial.
En cualquier caso, como bien apunta Galindo, personas físicas que por razón de su cargo público manejan dinero público. No así, partidos políticos, por no tener la consideración de persona física, o sus propios tesoreros por no ostentar cargo público.
Conviene también señalar que hasta los dos años posteriores al cese en el cargo público, se considera que siguen siendo personas de responsabilidad pública y por lo tanto, seguirán apareciendo en esta base de datos.
¿Y los allegados?
Por su parte, son allegados áquellos que estén vinculados con personas responsabilidad pública por negocios o por relaciones familiares. En este último punto los familiares que pueden aparecer en este fichero son padres, hijos, cónyuges o análogos, hermanos o incluso cuñados aunque tal y como advierte Galindo, no tienen acceso a la totalidad de los familiares y para que aparezcan como allegados en esta base deberán también tener algún lazo económico o cargo en una empresa de la persona con responsabilidad pública.
Dentro de este registro figuran 10.544 personas allegadas a personas con responsabilidad pública por relaciones o de negocios, de las cuales 2.225 están identificadas por ser titulares reales de una sociedad en la que también participa una persona con responsabilidad pública, y 8.319 por mantener relaciones empresariales estrechas con una persona con responsabilidad pública.
Un referente a nivel mundial
Galindo también ha aprovechado esta presentación para recordar que el Órgano Centralizado de Prevención de Blanqueo de Capitales del Notariado lleva 12 años funcionando y que ha sido públicamente reconocido por organismos nacionales como el SEPBLAC e internacionales como la Unión Europea o el Grupo Internacional de Acción Financiera (GAFI).
José Marqueño, presidente de la Unión Internacional del Notariado, también ha explicado que "la Unión Internacional del Notariado ha abierto diversos canales de cooperación con los organismos internacionales con competencia en prevención del blanqueo y de la financiación del terrorismo. Así, desde noviembre de 2017 ha señalado que participan en el grupo de trabajo de "titular real" del Fondo Monetario Internacional, cuyo objetivo es localizar y valorar los sistema existentes en el mundo para la identificación de los titulares reales de las empresas, asociaciones o fundaciones, en el cual aportamos la experiencia española en la creación en 2012 de la Base de Datos de Titular Real del Notariado. Ya que como bien ha apuntado "el sistema notarial español de lucha contra el blanqueo de capitales ha sido elegido por la Unión Internacional del Notariado (con representación en 87 países) como el modelo a seguir por el resto de notariados del mundo".
Protección de datos
Galindo también ha comentado que respecto a los datos contenidos en este fichero el nivel de seguridad es alto ya que su acceso es muy restringido. Siempre que una autoridad ya sea fiscal, notario, juez o miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado se vigilará quién accede, cuándo, y por qué solicita esa información quedando así controlado y registrado su acceso. Gracias a este sistema que evita un acceso abierto, datos tan sensibles como los documentos nacionales de identidad de estas personas pueden aparecer en esta base de datos.
Por todo ello, la base de datos de personas de responsabilidad jurídica cuenta con el dictamen favorable de la Agencia Española de Protección de Datos.
Operaciones con bitcoins y otras criptomonedas:
En los últimos tiempos se ha notado un repunte en el número de operaciones con criptodivisas. Por ello, desde febrero de 2016 Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales del Notariado ha creado un sistema de alertas y riesgos de uso de criptomonedas.
Además, la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales prevé una due diligence (debida diligencia) sobre las sociedades que hacen de monederos virtuales para que pidan sus datos a quienes los usan.
A pesar de estos esfuerzos, las criptomonedas plantean una importante problemática. En primer lugar, el alcance global de la red que supone la existencia de sociedades y servidores en distintos países fuera de la Unión Europea en los que no resulta de aplicación el derecho comunitario sobre esta materia. Y en segundo lugar, se mueven en un circuito no oficial que además propicia el anonimato ya que en algunos casos para su uso o adquisición no es necesario aportar datos sino únicamente un alias.