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Consultoría, comunicación o enseñanza, destino de los ministros y otros altos cargos tras cesar en el Gobierno

La Oficina de Conflicto de Intereses autorizó 41 peticiones laborales en 2022 y acumula 444 desde 2014

Jesús García
Los exvicepresidentes del Gobierno Pablo Iglesias y Carmen Calvo, y el exministro Pedro Duque.
Los exvicepresidentes del Gobierno Pablo Iglesias y Carmen Calvo, y el exministro Pedro Duque.

Cesar como vicepresidente del Gobierno, ministro o un alto cargo político del Gobierno y tener que esperar dos años en sequía laboral, antes de comenzar otra actividad profesional, es un plazo demasiado largo para muchos de estos ex-trabajadores de la Administración que optan por solicitar la compatibilidad a la Oficina de Conflicto de Intereses. Un organismo dependiente del Ministerio de Hacienda y que es el encargado de dilucidar si un alto cargo puede o no acceder a un nuevo puesto en virtud de su labor desempeñada en la Administración.

La norma actualmente en vigor contempla que el cese vaya acompañado de un periodo de enfriamiento de dos años para el desempeño de una labor profesional relacionada directamente con la actividad política. Lo que sí permite la ley es que pueda desarrollar otra actividad que no entre en conflicto de interés con la labor desarrollada en el Estado. En este caso, el precepto legal fija que se formule una petición de autorización a la Oficina de Conflicto de Intereses, que contará con un plazo de tres meses para el reconocimiento de la actividad privada solicitada.

Autorizaciones aprobadas por la Oficina de Conflicto de Intereses

Desde 2014, años en los que este organismo ha desarrollado esta labor de tutela, ha decretado un total de 444 autorizaciones de actividad privada para altos cargos. Entre ellas se pueden encontrar las peticiones de más de una veintena de vicepresidentes de Gobierno o ministros de los diferentes Ejecutivos, siendo en muchos de ellos peticiones múltiples.

Tal es el caso del exvicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, que durante 2022 recibió un total de 5 autorizaciones para el desempeño de su actividad privada, fundamentalmente en medios de comunicación como CN5.com, Programa Planta Baixa TV3 o para otras actividades en la Fundación Hamilton o en un curso de liderazgo en CEOE. La exvicepresidenta Carmen Calvo, para la Cadena Ser. Otro ejemplo sería el del exministro de Ciencia e Innovación, Pedro Duque, que solicitó y se le concedió autorización para el ejercicio de su profesión de ingeniero aeronáutico para la Fundación La Caixa o Herius capital.

La exministra de Asuntos Exteriores, María González Laya, recibió el visto bueno para el desempeño laboral en Danone, en la Escuela de Gobernanza Transnacional o el Think Tank European House.

Lo que llama la atención es que durante este periodo apenas una decena de peticiones fueron rechazadas, por entender que se trataba de una actividad incompatible.

Principales actividades

Asesoría, consultoría, medios de comunicación, empresas no relacionadas con la actividad previa, ejercer su actividad como autónomo o el retorno a la enseñanza han sido a lo largo de estos años las principales actividades para las que se solicitó la “bula” en su momento.

El primer ministro al que la Oficina de Conflicto de Intereses dio su beneplácito, según aparece en la información publicada en el Portal de Transparencia, fue a Alberto Ruiz-Gallardón, exministro de Justicia, que solicitó tras su cese en septiembre de 2014, el ejercicio libre de la abogacía, ser profesor ayudante en la facultad de Derecho de la UNIR y en Sociedad Thinking Heads Group. El exministro José Manuel García-Margallo recibió a finales de 2016 el visto bueno para desarrollar su labor profesional en la Productora Cuarzo Producciones. Íñigo de la Serna, extitular de Fomento, recibió en 2019 el visto bueno para desarrollar su actividad como autónomo (CNAE 7022) de actividades de consultoría de gestión empresarial.

Inhabilitación

Información privilegiada, pago por servicios prestados, puertas giratorias y hasta el extremo de corrupción son algunos términos que subyacen cuando un alto cargo cesa en su actividad pública y enseguida encuentra acomodo en una gran compañía. Aquí en España se fija un límite de dos años tras el cese para solicitar la autorización de una actividad, que en el 97,5% de los casos se concede.

Otra cosa bien distinta es lo que pasa más allá de estos dos años de “control”. Precisamente este jueves se ha conocido una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que va en la línea de la lucha contra la corrupción, al declarar que el Derecho de la Unión no se opone a que se inhabilite a una persona para desempeñar cualquier cargo público electivo durante 3 años si ha vulnerado las normas en materia de conflicto de intereses en el ejercicio de su cargo.

El caso por el que se ha dictado la sentencia hace referencia a un litigio de un alcalde del municipio de MN en Rumanía, al que la Agencia Nacional para la Integridad de este país constató que no había cumplido las normas sobre conflictos de intereses en materia administrativa. El alcalde presentó una demanda ante el Tejue para pedir la anulación de este informe, que finalmente no se opone a la inhabilitación.

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Sobre la firma

Jesús García
Periodista económico. Responsable de la sección de Economía de Cinco Días. Cuenta con una dilatada carrera profesional en La Gaceta de los Negocios, la agencia norteamericana Knight-Ridder Financial News, Efecom. Ha desarrollado labores profesionales en el mundo de la comunicación, en el ministerio de Hacienda, SEPI o Consejo de Procuradores.

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