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Las claves de la ley de familias: quiénes pueden acceder a las nuevas ayudas

El Consejo de Ministros aprobó este martes la norma, que incluirá la ampliación de prestaciones ya vigentes, así como nuevos permisos por cuidados

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda vuelta el anteproyecto de la nueva Ley de Familias. El proyecto, que se estima con un coste de 700 millones de euros anuales, deberá todavía hacer frente a su último examen en el Parlamento.

“Lo que busca esta ley es garantizar el pleno reconocimiento jurídico de todo tipo de familias a través de los distintos servicios sociales” ha afirmado la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, acompañada por la vicepresidenta primera, Nadia Calviño y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. La principal impulsora del proyecto, la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, no ha participado de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, pero celebró y explicó los nuevos avances en su perfil de Twitter. “España vive una emergencia de conciliación”, ha diagnosticado la dirigente de Podemos.

El texto gira alrededor de cuatro pilares fundamentales: la ampliación de la protección social a las familias, el derecho a la conciliación, el reconocimiento de los distintos tipos de familias y el cuidado de los derechos de los niños y adolescentes. Por ejemplos, se estima que 300.000 familias monoparentales con dos hijos puedan acceder a los mismos beneficios que los hogares numerosos, como facilidades para recibir una beca, reducción de tasas o bonificaciones en el transporte público.

El Gobierno ha defendido que la nueva ley busca apoyar a los hogares que más lo necesitan. Ya no se habla de “familias numerosas”, sino de “mayores necesidades de apoyo a la crianza”.

¿Qué son las familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza?

Además de los hogares con tres o más hijos, nuevos tipos de uniones podrán percibir los beneficios fiscales y otras ayudas que hasta ahora estaban reservadas a familias numerosas. Ahora, cuando un hijo o un progenitor tengan discapacidad o los monoparentales con dos hijos podrán acceder a estas ayudas.

Al mismo tiempo, la “categoría especial” existente para los hogares con cinco hijos ahora se rebaja hasta cuatro descendientes. A la vez, esto incluye a las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como hasta ahora, y a quienes tienen tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM)

Para los hogares con un solo progenitor, la ley prevé “protección social, jurídica y económica que atienda a sus necesidades específicas”. Las administraciones autonómicas serán las responsables por acreditar esta condición.

¿Qué permisos se incorporan?

La ley crea tres nuevos permisos retribuidos para el trabajador por un total de hasta nueve días al año, a la vez que se mantienen las dos jornadas ya existentes en caso de fallecimiento de familiar.

  • Cinco días por “accidente o enfermedades graves o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo” tanto del conyúge, pareja de hecho o parientes de segundo grado (abuelos, nietos o hermanos) o afinidad. La novedad es que se incluye cualquier conviviente.
  • Otras cuatro jornadas por “causa de fuerza mayor” cuando sea necesario por “motivos familiares urgentes e imprevisibles” en relación a casos de enfermedad o accidentes. Estos se podrán disfrutar por horas. Belarra ejemplificó que este permiso se podrá utilizar cuando “te llamen del colegio porque el niño o la niña se ha puesto enfermo”

Además, habrá un nuevo permiso parental al que las familias tienen acceso hasta que los hijos cumplan ocho años, que en 2023 será de seis semanas y en 2024 se elevará a ocho. Los padres podrán utilizarlo de forma “continúa o discontinua”, tanto “a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido reglamentariamente”. La duda hasta este martes era si el mismo debía ser remunerado, como recoge la directiva europea, o no.

Los padres también tendrán derecho a solicitar una excedencia por un plazo máximo de tres años para hacerse cargo de sus hijos o parientes cercanos, si es que no existen parientes que puedan hacerse cargo de los mismos.

¿Cuáles son las nuevas medidas de cuidado?

El Gobierno ha incluido un nuevo permiso para quienes necesiten cuidar a sus hijos mayores de ocho años, así como a su cónyuge o pareja de hecho, así como otros familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. En estos casos, el empleado deberá justificar el porqué de cada decisión.

Además, se incorpora como despido nulo el que se realice a trabajadores que disfruten de jornada adaptada por cuidado de familiares de hasta segundo grado. Serán considerados de igual manera los despidos de quienes estén haciendo uso del permiso parental de ocho semanas, así como del permiso de cinco días.

Al mismo tiempo, las parejas de hecho podrán disponer de 15 días libres cuando formalicen sus situaciones, al igual que los recién casados. En diciembre, Escrivá ya había resaltado que este cambio permitiría que este tipo de familias “accedieran a todas las prestaciones, complementos e indemnizaciones en igualdad de condiciones con los matrimonios”. Para esto, el ministró adelantó en diciembre que se creará un registro estatal.

¿Hay modificaciones en los permisos de nacimiento?

La nueva ley prevé que el progenitor no gestante podrá anticipar en 10 días respecto al nacimiento de su niño o niña el comienzo de sus 16 semanas de permiso, con “el objeto de cuidado de la madre biológica durante ese tiempo”.

En enero de este año, el Tribuna Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña reconoció que una familia monoparental puede acumular las 32 semanas de prestación en un único beneficiario. En ese fallo, los jueves del TSJ argumentan que la previsión que el progenitor no gestante debe disfrutar las primeras semanas de su suspensión inmediatamente después de nacimiento, de forma ininterrumpida y sin posibilidad de transferir su ejercicio, como prevé actualmente la regulación, “tiene sentido exclusivamente en el caso de las familias biparentales” Sin embargo, la nueva ley no recoge ningún cambio en este sentido

¿Existen otros tipos de prestaciones económicas?

La actual prestación de 100 euros al mes que perciben las mujeres trabajadoras con hijos de hasta tres años en forma de deducción fiscal reembolsable también estará disponible para aquellas madres que cobren una prestación por desempleo o hayan cotizado al menos 30 días a la Seguridad Social. A la vez, ahora se incorporan aquellas madres que trabajen a tiempo parcial, que cobrarán la ayuda de manera completa. Anteriormente, este beneficio era incompatible con el complemento a la infancia que perciben las familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital.

Según los cálculos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 esta medida beneficiará a 250.000 nuevas madres en España.

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