Claves para la declaración de la renta 2024: todo lo que debe saber el contribuyente
La campaña arranca hoy 2 de abril y los ciudadanos obligados a presentarla tendrán hasta el 30 de junio para hacerlo


Ha llegado el momento del año en el que los contribuyentes deben rendir las cuentas con Hacienda. El 2 de abril es el pistoletazo de salida de la campaña de la declaración de la renta 2024-2025 y a partir de este día el contribuyente puede presentar la declaración de la renta de manera electrónica. Si se prefiere solicitar ayuda de la Agencia Tributaria, que puede dar asistencia telefónica o presencial, habrá que esperar al 29 de abril para poder solicitar cita previa.
Fechas clave para presentar la renta
- A partir del miércoles 2 de abril se puede presentar la declaración por internet.
- Desde el 29 de abril hasta el 27 de junio es posible pedir cita previa —por internet o llamando— para confeccionar la declaración del IRPF con la asistencia telefónica de la Agencia Tributaria.
- El 6 de mayo se abre el plazo para presentar la declaración de la renta por vía telemática con la asistencia telefónica de la Agencia Tributaria.
- A partir del 29 de mayo, hasta el 27 de junio, se puede solicitar cita previa presencial en alguna oficina tributaria.
- Las declaraciones presenciales se empiezan a presentar el 2 de junio.
- El 25 de junio es el último día para domiciliar el pago si la declaración sale a ingresar.
- El 30 de junio es el último día para presentar la declaración.
Más información sobre el calendario de la declaración de la renta.
¿Quién debe presentar la declaración de la renta?
No todo el mundo está obligado a presentar la declaración. Hay colectivos que se libran por percibir ingresos por debajo de determinados umbrales y existen rentas exentas; por otro lado, hay contribuyentes que deben confeccionar la declaración obligatoriamente por su condición de trabajo o porque se benefician de determinadas ayudas públicas.
En términos generales, no es perceptivo presentar la declaración si se trabaja por cuenta ajena y se han percibido rentas del trabajo por debajo de 22.000 euros brutos, siempre y cuando procedan de un único pagador. Si hay dos o más empleadores, la exención se mantiene solo y cuando la suma recibida del segundo y siguientes pagadores no supera los 1.500 euros. Si esta cuantía es superior, el umbral para que no sea obligatorio declarar el IRPF baja hasta los 15.876 euros.
Más información sobre quién debe presentar la declaración y el caso de las personas desempleadas.
¿Qué novedades trae la renta 2024? Del pago por Bizum al alivio de las rentas más bajas
La campaña de la renta viene con novedades tanto en la operativa como en aspectos técnicos. Una de ellas es la posibilidad de pagar por Bizum y tarjeta bancaria a aquellos contribuyentes a los que les corresponda ingresar a Hacienda. Estas vías se suman a los métodos tradicionales de pago como la domiciliación bancaria, el cargo en cuenta, el Número de Referencia Completo (NRC) y el pago en oficinas bancarias.
También se han actualizado los umbrales de ingresos que determinan la obligación de declarar. Para quienes hayan tenido más de un pagador, el límite sube de 15.000 euros a 15.876 euros, en línea con el incremento del salario mínimo interprofesional aprobado en el ejercicio anterior.
Además, quienes tengan ingresos generados por su empleo inferiores a los 19.747 euros recibirán cierto alivio. La reducción por rendimientos del trabajo, un beneficio fiscal para las rentas más bajas, aumenta de 6.498 euros a 7.302 euros anuales, por lo que se reducirá la base imponible de esos sueldos.
Para los trabajadores que cotizaban en las antiguas mutualidades, Hacienda deba devolver las cantidades que pagaron en exceso a la Administración. Pero el esquema de devoluciones ha cambiado y perjudica al contribuyente, ya que ahora se distribuirán en cuatro años, en función de la antigüedad del periodo impositivo.
Respecto a los perjudicados por la dana que recibieron ayudas, se han aprobado exenciones para evitar la tributación. Los autónomos que tributan en módulos con actividades en zonas afectadas por la catástrofe, podrán beneficiarse de una reducción del 25% en el rendimiento neto de módulos del IRPF
Más información sobre novedades de la campaña de la renta.
¿Qué son los datos fiscales y dónde se consultan?
Los datos fiscales son una especie de borrador de la declaración del IRPF que genera la Agencia Tributaria a través de la información fiscal que tiene del contribuyente. Incluyen los datos identificativos y del domicilio, el importe del salario, de las retenciones aplicadas, eventuales ganancias patrimoniales... Sin embargo, no siempre son correctos, pues solo tienen carácter informativo. Por eso, es recomendable revisarlos con lupa antes de confirmar el resultado que propone el organismo.
El borrador se puede consultar en internet en la página web de la Agencia Tributaria o a través de la aplicación del organismo descargable en el móvil. Cuando el usuario accede por primera vez, se le pedirá en primer lugar que confirme los datos de su domicilio fiscal o, en su caso, los modifique. Después aparecerá el borrador que ha elaborado la Agencia Tributaria.
Más información sobre cómo acceder a los datos fiscales.
¿Cómo declaro la vivienda? Alquiler, compra o propiedad de una casa
Uno de los apartados de la renta que afecta casi a la totalidad de los contribuyentes es el de la vivienda. La vivienda habitual, por ejemplo, debe declararse a modo informativo, el alquiler tributa en la base general como rendimiento del capital inmobiliario y la venta lo hace en la base del ahorro como ganancia o pérdida patrimonial.
Los propietarios de la vivienda en la que se reside habitualmente están de enhorabuena: no genera ninguna carga fiscal adicional. Eso sí, deben incluirla en la declaración a modo meramente informativo. En términos fiscales, esto significa que no tributan por ella ni imputan renta alguna. Si se posee una segunda residencia, ya sea un apartamento en la playa o una casa en el campo o en el pueblo, Hacienda considera que esta genera lo que se conoce como una “renta imputada”. En otras palabras, aunque no se alquile, la Agencia Tributaria asume que ese inmueble proporciona un beneficio económico y, por lo tanto, debe tributar.
En el caso de los propietarios que alquilan su inmueble, los ingresos obtenidos deben incluirse en la declaración como rendimientos del capital inmobiliario. No obstante, también pueden deducirse ciertos gastos asociados, como el IBI, los gastos de la comunidad de vecinos, los seguros, las tasas de basuras, los intereses de la hipoteca o incluso las reparaciones necesarias para el mantenimiento del inmueble.
Más información sobre cómo declarar la vivienda o la venta de una casa.
Si estamos casados, ¿hacemos la declaración conjunta o invdividual?
Antes de plantearse la posibilidad de hacer la declaración de la renta conjunta o individual hay que tener en cuenta que solo es posible si se está casado -no es viable para parejas de hecho-. La declaración conjunta lleva aparejado un beneficio fiscal que no se reconoce en la tributación individual, pero sale a cuenta solo cuando uno de los dos no trabaja o tiene ingresos muy bajos. En concreto, inferiores a los 3.400 euros al año.
La razón está en los importes de los beneficios fiscales previstos para cada caso. La tributación conjunta disfruta de una reducción de 3.400 euros en la base imponible para las parejas que estén casadas, a la que se deben sumar los 5.500 euros del mínimo personal que se aplica a todos los contribuyentes. Es así que el cónyuge que presenta la declaración conjunta tendrá un total de 8.900 euros que reducen la base sobre la cual debe tributar. Se pueden incluir también a los hijos menores o incapacitados judicialmente
Más información sobre la posibilidad de hacer la declaración conjunta.
¿Cómo declaro las ayudas al coche eléctrico?
Quienes recibieron las ayudas al Plan Moves III para la compra de coches eléctricos e instalación de puntos de recarga, deberán incluirla en la renta como una ganancia patrimonial siempre y cuando el contribuyente haya recibido la subvención el año pasado. Es decir, si solo la ha pedido no tiene por qué declararla hasta que no le ingresen los fondos de la ayuda. Esto es relevante, ya que estas ayudas suelen tardar en llegar al consumidor una media de entre uno y dos años, dependiendo de la comunidad autónoma, por el atasco burocrático. Una vez incluido como ganancia patrimonial, el gravamen final que abonará el contribuyente que haya recibido las ayudas del Moves III dependerá del tramo de renta en el que se encuentre.
Al Moves III hay que sumar la ayuda extra que supone la deducción del 15% en el IRPF sobre una base máxima de 20.000 euros (es decir, el incentivo puede alcanzar los 3.000 euros), que aprobó el Ejecutivo en junio de 2023.
Más información sobre cómo deducir las ayudas al coche eléctrico.
¿Cómo se declaran las criptomonedas?
Las criptomonedas tributan como las acciones, no tienen ningún tratamiento especial, es decir, se declaran como ganancias o pérdidas patrimoniales. La única particularidad es que Hacienda pide que el inversor detalle si ha vendido los tokens por dinero fiat, si los ha permutado o si los ha intercambiado por un bien.
Hay que calcular las ganancias o pérdidas de las operaciones. José Antonio Bravo, responsable de fiscalidad de criptoactivos de Fiscal Crypto by Àgora, explica que se calculan por diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. El valor de transmisión sería el precio que al que se venden las criptomonedas y que nunca puede ser inferior al precio del mercado. Si se vende por dinero, el valor de transmisión será la cantidad que el contribuyente ha recibido por los activos vendidos; si se cambian por otra criptomoneda, se calcula como el mayor valor entre el de mercado de las criptomonedas entregadas y el de las recibidas. El de adquisición, en cambio, es el valor por el que se adquirieron los activos.
Más información sobre cómo declarar las criptomonedas en la renta.
Planes de pensiones en la renta
Uno de los métodos más sencillos para rebajar la factura fiscal son las aportaciones a planes de pensiones. Todo el dinero que se ingresa en este tipo de vehículos de ahorro para completar la jubilación se puede rebajar de la base imponible del IRPF. En el caso de los planes de pensiones individuales, el tope de aportación/desgravación es de tan solo 1.500 euros anuales. Mientras tanto, en los planes de pensiones colectivos —aquellos que una empresa dota a favor de sus trabajadores— se puede llegar a los 8.500 euros.
La forma de operar de este mecanismo fiscal es sencilla. Si una persona tiene una base imponible de 32.000 euros y ha metido 1.500 euros en planes de pensiones durante 2024, tan solo tendrá que pagar Impuesto de la Renta por 30.500 euros. La lógica de esta figura es el diferimiento fiscal: el contribuyente no tributa ahora por ese dinero, pero sí que tendrá que pagar a Hacienda cuando, al jubilarse, empiece a rescatar el plan de pensiones. En ese momento, la renta proveniente del plan de pensiones tendrá la consideración de renta del trabajo, y tributará como tal.
Más información sobre los planes de pensiones en la declaración.
Cómo tributan las inversiones en Bolsa
La compensación de plusvalías con minusvalías sigue un patrón que el inversor debe conocer. De entrada, no es posible compensar cualquier tipo de ganancias con cualquier tipo de pérdidas. El activo del que se obtienen importa. Así, esa compensación se realiza primeramente por bloques. Por un lado, se compensan las denominadas ganancias y pérdidas patrimoniales, las que se derivan de la inversión directa en Bolsa, en fondos de inversión, o en inmuebles. Y por otro lado, está el bloque de los rendimientos del capital, donde se engloba lo cosechado, o perdido, en bonos, y los ingresos por dividendos y seguros.
La compensación de ganancias y pérdidas debe realizarse primero, por tanto, en cada uno de esos bloques. Y si después de compensar pérdidas y ganancias -rendimientos del capital y ganancias patrimoniales- queda un saldo negativo en uno de los bloques, servirá para compensar el saldo positivo que quede en el otro bloque, con un límite del 25%. Es decir, lo perdido en bonos (rendimiento del capital) puede llegar a compensar por lo ganado en Bolsa (ganancia patrimonial), con esa limitación del 25%.