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Así se puede sacar partido fiscal de las aportaciones a planes de pensiones en la declaración de la renta

El dinero invertido se descuenta de la base imponible del IPRF

Una persona pasa delante de una publicidad de planes de pensiones, en una oficina de Banco Santander, en Madrid.
Miguel Moreno Mendieta

Uno de los métodos más sencillos para rebajar la factura fiscal son las aportaciones a planes de pensiones. Todo el dinero que se ingresa en este tipo de vehículos de ahorro para completar la jubilación se puede rebajar de la base imponible del IRPF. En el caso de los planes de pensiones individuales, el tope de aportación/desgravación es de tan solo 1.500 euros anuales. Mientras tanto, en los planes de pensiones colectivos —aquellos que una empresa dota a favor de sus trabajadores— se puede llegar a los 8.500 euros.

La forma de operar de este mecanismo fiscal es sencilla. Si una persona tiene una base imponible de 32.000 euros y ha metido 1.500 euros en planes de pensiones durante 2024, tan solo tendrá que pagar Impuesto de la Renta por 30.500 euros. La lógica de esta figura es el diferimiento fiscal: el contribuyente no tributa ahora por ese dinero, pero sí que tendrá que pagar a Hacienda cuando, al jubilarse, empiece a rescatar el plan de pensiones. En ese momento, la renta proveniente del plan de pensiones tendrá la consideración de renta del trabajo, y tributará como tal.

En la campaña de la renta 2024 no ha habido ninguna variación significativa respecto al ejercicio anterior. Siguen vigentes los fuertes recortes a las aportaciones a planes individuales que se aprobaron hace ya cuatro años. En ningún caso el particular puede aportar por encima de los límites marcados, por lo que las aportaciones siempre coinciden con las rebajas de la base imponible.

La inmensa mayoría de personas que tienen planes de pensiones cuentan con uno individual, en el que el tope de 1.500 euros anuales es inamovible. En el caso de los planes de pensiones de empresa, el empleador pone una parte y puede permitir que su trabajador iguale la aportación, pero siempre el tope conjunto de ambas aportaciones está en 8.500 euros. Un empleado no puede superar por su cuenta el dinero que le pone su compañía. Desde hace un par de años se creó también la figura del plan de pensiones simplificado, que ha permitido que los autónomos puedan llegar aportar hasta un máximo de 5.750 euros al año.

La ventaja de hacer aportaciones a planes, en lugar de a otros vehículos como fondos de inversión, es que permite aprovechar el mencionado diferimiento fiscal durante todo el tiempo que el dinero permanece en el plan. Con ese aligeramiento de la factura con Hacienda, el particular puede aumentar su aportación a otros formatos de ahorro a largo plazo y lograr una revalorización acumulada, hasta el momento en que lo rescate.

El tope máximo de desgravación tan solo puede superarse en el caso de personas con discapacidad o por aportaciones al cónyuge. La legislación prevé que aquellos contribuyentes cuya pareja no gane más de 8.000 euros al año, podrán desgravarse de lo aportado a su plan de pensiones, un máximo de 1.000 euros anuales.

Del mismo modo, para las personas con una discapacidad superior al 65%, el límite máximo anual de las aportaciones a desgravar puede llegar hasta los 24.250 euros. Los parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado, y el cónyuge, podrán reducirse un máximo de 10.000 euros anuales (un límite que es independiente, en todo caso, al que se aplica en la tributación personal).

Cuando se rescata el plan

Aquellas personas que hayan rescatado total o parcialmente su plan de pensiones en 2024 (ya sea por jubilación o por otros supuestos previstos, como paro de larga duración, riesgo de desahucio o enfermedad grave) tendrán que computar esos ingresos como rentas del trabajo. Por ello, se les aplicará el tipo marginal correspondiente: del 0 a 12.450 euros un 19%, de 12.451 a 20.200 un 24%.... y así hasta el marginal máximo del 47% para ingresos superiores a los 300.000 euros.

Dado que el rescate a planes de pensiones puede hacer que se suba de tipo marginal, la recomendación de los asesores patrimoniales es ir rescatándolo progresivamente.

Sobre la firma

Miguel Moreno Mendieta
(Madrid, 1979) es licenciado en Derecho y Economía por la Universidad Carlos III. También cursó el Máster de Periodismo de El País. Se incorporó al periódico Cinco Días en 2006, tras pasar por la web de El País y Mi cartera de Inversión. Escribe sobre el sector financiero, con un foco especial en fondos de inversión y los seguros.
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