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Cinco Días

Renta 2024: cómo declarar las ayudas al coche eléctrico y qué deducciones tengo

Si bien el programa ya no está vigente, sí lo estuvo durante todo el año pasado, al igual que la deducción del 15% en el IRPF

Una usuaria de coche eléctrico intenta cargar su vehículo en una estación de carga de un parque comercial de Illescas (Toledo).
Una usuaria de coche eléctrico intenta cargar su vehículo en una estación de carga de un parque comercial de Illescas (Toledo).Alex Onciu

Se acerca la nueva campaña de la renta, que empieza el 2 de abril, y los que hayan recibido el año pasado las ayudas del Plan Moves III para la compra de coches eléctricos e instalación de puntos de recarga deberán de declararlo. Si bien este programa de subvenciones ya no está vigente desde la caída del decreto ómnibus en el Congreso el pasado 22 de enero, sí que estuvo en funcionamiento todo el año pasado. Esta ayuda podía llegar a un máximo de entre 9.000 (en el caso de las furgonetas eléctricas) y 7.000 euros (turismos) para autónomos, particulares y administración que compraran un automóvil eléctrico nuevo y achatarraran uno viejo. Los híbridos enchufables, al tener la etiqueta cero de la DGT, también eran susceptibles de recibir esta ayuda, aunque la cuantía era menor, unos 5.000 euros si se achatarraba un vehículo viejo.

La ayuda en cuestión, que también podía pedirse para instalar un punto de recarga, deberá de incluirse en la renta como una ganancia patrimonial siempre y cuando el contribuyente haya recibido la subvención el año pasado. Es decir, si solo la ha pedido no tiene por qué declararla hasta que no le ingresen los fondos de la ayuda. Esto es relevante, ya que las ayudas del Moves III suelen tardar en llegar al consumidor una media de entre uno y dos años, dependiendo de la comunidad autónoma, por el atasco burocrático.

Una vez incluido como ganancia patrimonial, el gravamen final que abonará el contribuyente que haya recibido las ayudas del Moves III dependerá del tramo de renta en el que se encuentre. Cabe recordar que el IRPF es un impuesto progresivo que funciona como una escalera, es decir, se paga más cuanto más se sube. De esta forma, las ganancias de hasta 12.450 euros tributarán un 19%; a partir de ahí y hasta los 20.199, el gravamen pasa al 24%; de 20.200 a 35.199 euros, el impuesto sube hasta el 30%; de 35.200 a 59.999 euros, la tasa es del 37%; desde los 60.000 euros hasta los 299.999, el impuesto es del 45%; y, finalmente, las ganancias patrimoniales superiores a los 300.000 euros pagan un 47%.

Deducción de 3.000 euros

Al Moves III hay que sumar la ayuda extra que supone la deducción del 15% en el IRPF sobre una base máxima de 20.000 euros (es decir, el incentivo puede alcanzar los 3.000 euros), que aprobó el Ejecutivo en junio de 2023. Esta medida, que también cayó con el resto del decreto ómnibus, solo se aplicaba para turismos que costaran un máximo de 54.450 euros y para las furgonetas con etiqueta cero con un precio máximo de 64.130 euros, unos topes que son los que a su vez tenía el Moves III para la concesión de ayudas.

Esto significa que aquel que haya comprado un turismo eléctrico por 50.000 euros y haya achatarrado un coche viejo, tiene derecho a 7.000 euros del Moves III (que deberá de declarar, como ya hemos explicado, como ganancia patrimonial), al que podrá sumar otros 3.000 euros en la deducción del IRPF. En el caso de un eléctrico de 23.000 euros y con achatarramiento de uno viejo, la ayuda de 7.000 euros del Moves III se mantiene, pero la deducción del IRPF será menor, ya que la deducción del 15% se hará sobre una base 16.000 euros. En este caso, la deducción ascendería a unos 2.400 euros. Cabe destacar que la ayuda del Moves III puede ser un 10% superior para algunos colectivos como personas con discapacidad física, personas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes o taxistas y conductores de VTC que vayan a usar el vehículo en su actividad profesional.

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