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La Audiencia Nacional rechaza la urgencia de impedir al Gobierno que utilice la consulta pública sobre la opa de BBVA al Sabadell

La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima, por mayoría, la medida cautelarísima que un despacho de abogados planteó la semana pasada

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en una jornada sobre las cláusulas de suspensión de deuda este lunes.
Nuria Morcillo

El Gobierno podrá seguir valorando la opa del BBVA sobre el Banco Sabadell en base a la consulta pública que lanzó a principios de mayo. La Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelarísima que un despacho de abogados planteó el pasado 30 de mayo para impedir que el Ejecutivo haga uso de los resultados del sondeo realizado para conocer la opinión de la sociedad acerca de la operación, según han confirmado fuentes jurídicas. La Sala de lo Contencioso-Administrativo no ve la urgencia que justificaría la adopción de dicha medida, por lo que permite al Consejo de Ministros que siga analizando las condiciones que debe cumplir la transacción, al menos mientras los magistrados estudian con mayor detenimiento la viabilidad de la suspensión solicitada, así como el fondo del asunto. La decisión ha sido adoptada por mayoría y cuenta con un voto particular discrepante.

El despacho Statera Legal presentó la semana pasada un recurso contra la consulta pública ante la Audiencia Nacional, al considerar que se ha llevado a cabo sin cobertura legal y con diferentes “defectos formales de gravedad”. El bufete puso el asunto en manos de la justicia después de que el Ministerio de Economía no atendiera a un requerimiento suyo —realizado el pasado 8 de mayo, dos días después de que se pusiera en marcha la consulta— de cesar este proceso, según informó en un comunicado. En este contexto, planteó la medida cautelar de suspender el uso de los datos recabados en la consulta porque, según indicó, no tiene “cabida formal” en el ordenamiento jurídico. De este modo, la firma discrepa con el Gobierno acerca de que la Ley de Defensa de la Competencia deja una puerta abierta a poder valorar las concentraciones económicas atendiendo a criterios de interés general.

Tras comprobar que se cumplían los requisitos formales exigidos por ley para presentar un recurso contencioso-administrativo, la Audiencia Nacional admitió a trámite la queja en tan solo unos días e inició el procedimiento habitual de requerir a la Administración el expediente de la consulta en un plazo de 20 días. Asimismo, dio la posibilidad al Ministerio de Economía, el departamento que se ha encargado de realizar y gestionar la consulta pública, de presentar alegaciones en el transcurso de 10 días.

Previamente a iniciarse esta vía judicial, el departamento que dirige Carlos Cuerpo había elevado, el pasado 27 de mayo, al Consejo de Ministros su decisión sobre la opa, a petición de varios ministerios con competencias sobre asuntos económicos (Industria, Transición Ecológica y Reto Demográfico, Seguridad Social e Inclusión y Trabajo), tal y como explicó el propio ministro del ramo, en unas declaraciones en el Senado. Además, Economía prepara un informe, que presentará en las próximas semanas, donde detallará las conclusiones extraídas de esa consulta, que servirán de apoyo al Gobierno en su decisión.

Así las cosas, el reloj de 30 días naturales para que el Gobierno dé a conocer su postura oficial sobre la opa se había puesto en marcha. Es decir, el Ejecutivo tiene hasta el 27 de junio para comunicar si endurece o no los compromisos planteados a BBVA por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), cuando dio luz verde a la operación. La decisión del Consejo de Ministros, que en varias ocasiones ya se ha mostrado contrario al proceso de integración de BBVA y Sabadell, puede ser vital para la transacción, ya que las condiciones impuestas pueden dificultar o hacer imposible la operación.

Ante esta situación, el despacho de abogados volvió a la Audiencia Nacional para darle carácter de urgencia a la medida cautelar solicitada inicialmente con el recurso. Así, le instó a que adoptara la medida cautelarísima de suspender el procedimiento, “con el objeto de evitar que el Gobierno adopte una decisión”. El trámite habitual para resolver si cabe paralizar o no un trámite puede llevar semanas, incluso meses, ya que todas las partes involucradas en el conflicto tienen la oportunidad de presentar alegaciones. En cambio, la cautelarísima es un procedimiento más rápido, ya que el tribunal tiene solo 48 horas para resolverla, sin escuchar a las partes.

No hay “especial urgencia”

Finalmente, los magistrados no han visto la necesidad de prohibir ya al Gobierno el uso de los datos recabados con la consulta pública, por lo que el proceso seguirá su cauce habitual. Es decir, el tribunal seguirá analizando si los efectos del sondeo deben ser detenidos o no, y para ello escuchará a todas las partes de la disputa, mientras se estudia la legalidad de la misma, que es la cuestión principal del recurso.

En un auto dado a conocer este miércoles —adoptado por mayoría y que cuenta con el voto discrepante de uno de los magistrados, partidario de estimar la cautelarísima, al entender que la consulta pública en caso de opas es una “trámite legalmente inexistente”—, la Sala indica que la suspensión interesada carece no ya de “especial de urgencia”, sino de virtualidad alguna de cara a la competencia ya ejercitada por el ministro Cuerpo. Según explica, las competencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo “no alcanzan a revisar futuribles actos del Consejo de Ministros, ni por tanto a suspenderlos o condicionarlos”. Y añade que los resultados de la consulta no es lo que ha determinado que Economía envié su decisión al órgano Ejecutivo.

Por todo ello, la Sala emplaza a ver en qué medida el Gobierno utiliza el resultado de la consulta pública “para construir las razones de interés general” y si estas son distintas a los márgenes que da la Ley de Defensa de Competencia, al tiempo que recuerda que el acuerdo del Consejo de Ministros puede ser recurrida ante “el órgano jurisdiccional competente”, que en este caso sería el Tribunal Supremo.

“No es el ministro de Economía el que valora la existencia y contenido de las concretas razones de interés general distintas de las de competencia, sino que se limita a elevar la decisión sobre la concentración al Consejo de Ministros para que el órgano colegiado las valore (...). Estamos ante un acto trámite no cualificado que no decide ni directa ni indirectamente sobre el fondo del asunto”, reza el auto.

El Ministerio de Economía abrió el pasado 6 de mayo la consulta pública, después de que la CNMC aprobara el 30 de abril la operación, que, de salir adelante, daría origen al segundo mayor banco de España. Este proceso, que duró hasta el 16 de mayo, suele ser utilizado por los ministerios para sondear a la sociedad sobre proyectos normativos que están en elaboración, pero es inusual en el caso de opas o fusiones de empresas. Es la primera vez que el Ejecutivo recurre a esta herramienta para conocer cómo puede afectar a determinados sectores la posible integración del negocio del Banco Sabadell al BBVA.

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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