El Gobierno propone ayudas para que las centrales eléctricas estén disponibles en momentos críticos
Transición saca a consulta pública un mercado de capacidad en el que generadores y almacenamiento podrán lograr una retribución a cambio de potencia firme en situaciones de estrés del sistema
Más de tres años después de la propuesta de orden para crear un mecanismo o mercado de capacidad en el sistema eléctrico peninsular, que se quedó en el cajón, el Ministerio para la Transición Ecológica retoma una medida cuyo objetivo es garantizar la seguridad de suministro en momentos críticos a través de una nueva orden ministerial que ha sido lanzada hoy a consulta pública por el departamento que dirige Sara Aagesen. El mecanismo de capacidad fue la gran asignatura pendiente que dejó su predecesora el ministerio, Teresa Ribera, ahora vicepresidenta de la UE para la Transición Limpia.
En la memoria de la nueva propuesta, que ha sido elaborada sin consultar con las empresas del sector, se reconoce que la orden de 2021 “se vio truncada” por la crisis energética derivada de la invasión rusa de Ucrania en 2022, pero cuyos primeros síntomas afloraron en el verano de 2021. Y es que haber aplicado este mecanismo habría supuesto una subida del precio de la electricidad, pues se financiarán a través de las comercializadoras, que trasladarán dicho coste a la factura final de los consumidores. Algo que habría chocado con la multitud de medidas contrarias del Gobierno destinadas a contener los desorbitados precios de la luz.
Dado que los mercados se han estabilizado, “se ha juzgado necesario volver a someter el texto normativo a audiencia, permitiendo así que los agentes involucrados puedan conocer la nueva propuesta regulatoria y ofrecer la valoración (y posible mejoras) que consideren más oportunas”, señala Transición en la convocatoria de audiencia, que terminará el 29 de enero. La propuesta de orden, al igual que la de 2021, que incluso fue informada por la CNMC, tiene por objeto la creación de un mercado de capacidad en el sistema eléctrico peninsular, estableciendo los requisitos para participar como proveedor del servicio de capacidad, las condiciones de prestación del servicio, así como su régimen retributivo y de financiación.
La idea de entonces, que ha sobrevivido, es la creación de sistema de subastas organizadas por el operador del sistema, Red Eléctrica de España, y supervisadas por la CNMC, a las que podrán acudir los productores de energía; los almacenamientos, los consumidores y los nuevos agregadores, para ofrecer su disponibilidad en momentos de estrés del sistema a cambio de una retribución mensual. Precisamente, la semana pasada el sistema vivió momentos críticos debido a la falta de viento y menos luz, un aumento de la demanda por las bajas temperaturas y la indisponibilidad de los dos grupos nucleares de Ascó, lo que obligó al operador del sistema, Red Eléctrica, a interrumpir el suministro a las industrias durante 2,5 horas en dos días consecutivos haciendo uso del SRAD (Servicio de Respuesta Activa de la Demanda), que ofrecen estas empresas, para hacer bajar la demanda.
El mecanismo de capacidad, una larga reivindicación de las compañías, sería un servicio que complementaría al SRAD, pero por el lado de la oferta, al lograr el compromiso de producción firme de las instalaciones que a través de las subastas se comprometen a estar disponibles cuando se lo requiera el operados. Los problemas suelen darse en pleno verano o pleno invierno.
La orden regula el sistema de subastas (se celebrará una cada año) que se articula en dos tipos: una subasta de ajuste a corto plazo (un año) solo para plantas en funcionamiento, cuya finalidad es resolver “eventuales problemas de cobertura”, y otras subastas principales a largo plazo (cinco años), que tendrá en cuenta instalaciones en proyecto o con autorizaciones previas de explotación, lo que beneficiará al almacenamiento de electricidad y a las instalaciones en renovación. También se plantean subastas a 9 años, para futuras inversiones y, en cualquier caso, se definirán en función de las tecnologías, nunca más allá de 15 años.
Potencia firme
A la hora de diseñar el servicio se distingue entre la potencia nominal y la que realmente es potencia firme, la que con mayor probabilidad puede estar disponible más horas al año y pueden cubrir los picos de demanda. Es la potencia firme la que se ofrecerá en la subasta: las adjudicatarias una retribución mensual fija, que evitará que se disparen los precios en momentos puntuales, en función de la potencia firme en MW firmes y el precio de adjudicación en euros MWh al año, según una fórmula incluida en la orden. Antes de la celebración de la subastas se elaborará una curva de potencia requerida, según las previsiones de demanda del propio ministerio.
La de mayor firmeza sería la nuclear y con firmeza nula, la fotovoltaica que no puede acudir a las subastas. La eólica no es cero, pero su firmeza es del 7%. El más beneficiado será el parque de los ciclos combinados de gas, muchos ineficientes y cuyo futuro depende de estas ayudas. Y es que no se paga por la energía, sino por estar disponible para producir. En caso de incumplimiento la instalación podría perder el derecho a cobrar los pagos por capacidad y sería sancionada en función de la infracción.
Para aplicar el mecanismo, los países europeos tienen en cuenta un estándar de fiabilidad. La del sistema español hace necesario su aplicación para garantizar el suministro. A la necesidad de tecnologías de respaldo ha contribuido el fuerte desarrollo de las renovables en España: la eólica suma una potencia superior a los 29 GW y la fotovoltaica, con un crecimiento del 200% en apenas cinco años, asciende a 29 GW, lo que supone mas del 50% de la producción eléctrica.
Además de garantizar la seguridad de suministro, la orden, según el ministerio, pretende facilitar las inversiones en descarbonización. Por ello, subraya las instalaciones tendrán que garantizar su disponibilidad, durante el periodo de prestación del servicio de capacidad, en las horas de estrés del sistema del sistema, “en particular deberán mantener en las horas de estrés, a lo largo del período de entrega un nivel de disponibilidad que dependerá de la potencia firme adjudicada”, señala el texto legal. Las hora de estrés no podrán superar el 10% de horas anuales.