Unipost reabre la batalla legal de 300 millones contra Correos por su quiebra
La empresa catalana, en liquidación, recurre ante la Audiencia de Barcelona la sentencia que desestimó su demanda
Unipost no se da por vencido y mantiene la reclamación de 300 millones de euros a Correos por supuestas prácticas anticompetitivas. La empresa catalana de correo postal ha recurrido la sentencia que el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona dictó el pasado 10 de octubre por la que desestimó su demanda en la que atribuyó a la sociedad pública su quiebra por abusar de posición dominante durante 14 años.
Según han informado fuentes cercanas a la compañía con sede en Barcelona, que se encuentra en concurso de acreedores y en fase de liquidación, el recurso ha sido presentado esta semana ante la Audiencia Provincial de Barcelona. De este modo, evita que el caso adquiera firmeza en una primera instancia. Es decir, la batalla judicial que se inició en 2020, y por la que se reclama 301,25 millones de euros por daños y perjuicios, sigue adelante.
En su demanda, el operador privado postal calificó de “anticompetitiva” y “predatoria” la política de precios que Correos habría llevado a cabo, al menos, entre 2004 y 2018. Según Unipost, esta conducta tenía el objetivo excluirle del mercado minorista, que comprende el envío de cartas y paquetes tradicional, así como el envío de publicaciones periódicas, libros catálogos y publicidad directa y notificación administrativas. De hecho, se apoyó en una sanción que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2013 a Correos —que devino en firme en 2018 por el Tribunal Supremo— por abuso de posición de dominio, al no permitir a otras empresas de la competencias el acceso a la red postal en el mercado de las notificaciones.
La firma catalana subrayó que los descuentos que Correos, que pertenece a la Sepi, ofreció a clientes con grandes volúmenes de envíos postales se han sufragado “ayudas estatales ilícitas” y sin que tales descuentos estén justificados por ahorros de costes. Según la firma que fue propiedad de la familia Raventós, esto impidió constituir “una competencia efectiva en el mercado” y permitió a la empresa pública alcanzar una cuota de mercado del 90%.
Pagar las deudas pendientes
Unipost entró en concurso de acreedores en julio de 2017, después de años de pérdidas cuantiosas. La demanda contra el operador público fue presentada por el administrador concursal en junio de 2020 para reclamar los 300 millones de euros y poder pagar parte de las deudas millonarias pendientes. Y este es el principal motivo por el que la compañía ha presentado el recurso, según han indicado las fuentes consultadas.
La demanda se apoyó en un informe pericial del economista Joan Ramon Borrell, que cuantificó en 162 millones de euros el valor del negocio que la compañía con sede en Barcelona perdió por la actuación de Correos; a lo que sumó otros 135 millones por el “daño emergente” resultante del concurso y la liquidación de la empresa y otros 3,5 millones por los daños derivados de la negativa de Correos para acceder a la red postal.
La sentencia del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona —que también tramita el procedimiento de concurso— reconoce que Correos, además de ser el titular de la red postal en todo el territorio nacional (mercado mayorista), ostentó, y lo sigue haciendo en la actualidad, un posición de domino estable en el mercado minorista, con “cuotas que se sitúan entre el 80% y el 90%”. No obstante, no estimó los argumentos del operador privado sobre la ilegalidad de las ayudas estatales.
Según Unipost, entre 2004 y 2010 Correos recibió 317 millones de euros como ayudas del Estado. Con este dinero, asegura que financió los descuentos a los grandes clientes, ya que dichos importes cubrieron las “perdidas” que causaron dichas rebajas, lo cual incumple “el fin legal de las compensaciones”. La sentencia recuerda que la Comisión Europea declaró que la ayuda era incompatible y que el Gobierno español debía recuperar de Correos un total de 166,1 millones de euros, es decir la cantidad que resta de lo entregado y los dividendos que la compañía abonó al Estado.
Unipost también puso el foco en las subvenciones recibidas entre 2011 y 2020. Pese a que Bruselas certificó que Correos se benefició en dicho periodo de 1.280 millones de euros, Unipost advirtió que la cantidad ingresada entre hasta 2018 se superó en 416 millones, una cuantía mayor a lo autorizado por la Unión Europea. Al respecto, el juez indica que, de acuerdo a las autoridades españolas, el cálculo de la demandante erróneo debido a que se tuvo en cuenta 318,1 millones de euros imputados en los Presupuestos Generales del Estado destinados al pago de la compensación pendiente para 2008-2010.
Presentada antes de tiempo
Asimismo, la sentencia afea que la demanda se presentara después de que el organismo europeo emitiera un comunicado de prensa en el que se informaba de la validación de las cuentas de Correos, pero antes de que se publicara el texto íntegro de dicha decisión. “No se acaba de comprender la razón por la que la parte demandante no esperó, una vez conocido el comunicado de prensa de 14 de mayo de 2020, a tener el texto íntegro de la resolución para que el dictamen pericial y la demanda pudieran tener todos los datos fácticos relevantes para este caso y los pudieran incluir en su escrito rector de alegaciones”, indica la resolución.
En cuanto a la denuncia sobre la exclusión de Unipost para la prestación del servicio de notificaciones administrativas, el juez considera que esta cuestión debe analizarse de manera conjunta con la política de precios. Durante la vista de audiencia previa, Unipost, que en todo momento plantó que la actuación de Correos constituía una “infracción única y continuada”, pidió al juez que estimara igualmente la demanda si consideraba que los hechos eran “aislados” y “separados”.
Para Correos, este planteamiento generaba indefensión porque, según alegó, implicaba modificar la demanda y plantear una condena subsidiaria. En este sentido, defendió que la sanción de la CNMC, aunque coincide en el tiempo, no fue por el mismo periodo de tiempo, ya que solo cuestionó tres años (entre enero de 2011 y octubre de 2013).
El juzgado descartó durante la audiencia previa dividir los hechos en dos, si bien la sentencia recupera el asunto para apuntar que que los hechos analizados no pueden desvincularse, en tanto ello supondría “alterar la esencia” del debate. “Es cierto que algunos de los elementos de prueba que se han aportado al presente procedimiento y en particular las resoluciones por la CNMC podrían servir para analizar la existencia de la política de precios anticompetitivos en forma de descuentos a grandes clientes en algunos periodos, pero ello supondría disgregar la demanda y los hechos en que se asienta y con ello añadir una pretensión en el suplico distinta de la formulada, que no cabe admitir en nuestro sistema procesal civil”, indica la resolución.
Asimismo, recuerda que Correos y Unipost llegaron a un acuerdo en diciembre de 2014 para que la empresa catalana y una tercera (Suresa) recibieran las mismas bonificaciones que el resto de los grandes clientes de Correos. Por ello, entiende que Unipost pretende “resarcirse de unos daños desde otra óptica, además de venir referida a otros periodos temporales”.