La Audiencia Nacional tumba otro recurso de Inditex por los impuestos de las importaciones desde Asia
El grupo textil acumula 11 sentencias en contra por la clasificación fiscal de las compras que realiza a sus proveedores asiáticos
La Audiencia Nacional ha rechazado un nuevo recurso de Inditex a cuenta de la clasificación fiscal de las importaciones que realiza de sus proveedores asiáticos. Una discrepancia con la Agencia Tributaria que acumula 11 sentencias desestimatorias de los recursos que, en los últimos años, distintas filiales del grupo textil han planteado contra resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC).
En este caso, se trata de una sentencia fechada en octubre pasado contra un recurso de la textil por operaciones con Uterqüe, cadena que hasta 2021 formaba parte de su abanico de marcas. Como en otros casos, la discrepancia se centra en cómo el gigante textil clasifica impositivamente las compras que realiza a sus proveedores asiáticos.
Estas se centralizan desde ITX Trading, sociedad domiciliada en Suiza, que a su vez suscribe contratos de suministro con las distintas marcas del grupo. En cualquier caso, la mercancía tiene su destino en las instalaciones del grupo en España, y desde allí se reparten a los distintos mercados internacionales donde opera.
Inditex entiende que, al importar mercancías que tienen su destino final en la Unión Europea, puede acogerse al régimen aduanero de ventas sucesivas, lo que reduce el valor a partir del cual tributa por los productos importados.
Sin embargo, tanto el TEAC en sus primeras notificaciones, como la Audiencia Nacional, entienden que no todas las mercancías que importa Inditex a través de su filial suiza, y que acaban en España, tienen la garantía de que se vayan a vender en territorio comunitario, sino que estas pueden tener su destino final en países no comunitarios. Algo que considera elemental para que no se pueda acoger al régimen de de ventas sucesivas. Inditex defiende además un cambio de criterio administrativo, aplicado con carácter retroactivo, en el tratamiento de estas importaciones, algo que el tribunal rechaza.
La discrepancia se traduce en que Inditex debe abonar cantidades adicionales por el IVA y los derechos aduaneros derivados de los productos importados, al elevar estos su valoración. En el caso de esta última sentencia, se trata de cantidades que no alcanzan los 80.000 euros. Esta, a diferencia de otras sobre la misma cuestión, no incluye ningún voto particular de los magistrados. Las 11 sentencias contrarias suman importes cercanos a los tres millones de euros.
El grupo ha presentado recursos ante el Tribunal Supremo, que ya ha admitido a trámite algunos de ellos relacionados con Massimo Dutti y Oysho. En esta línea, la compañía también ha impugnado ante el Alto Tribunal esta última sentencia de la Audiencia Nacional sobre Uterqüe. Fuentes jurídicas han apuntado que el Supremo ya está analizando este asunto debido a que también otras compañías, como Logista, han elevado esta cuestión sobre la diferencia de criterios con la Agencia Tributaria.
Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días