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Naturgy se apunta otra victoria en el Supremo y podrá cerrar de forma temporal hasta 10 plantas de ciclos combinados

El tribunal vuelve a rechazar la petición de indemnización y zanja el asunto sobre el doble silencio administrativo en casos de producción eléctrica

Hugo Gutiérrez
Fachada de la sede de Naturgy, en Madrid.
Fachada de la sede de Naturgy, en Madrid.Eduardo Parra (Europa Press)

Nuevo espaldarazo del Supremo a Naturgy. El alto tribunal autoriza a la energética el cierre temporal de cinco plantas de ciclo combinado, que se suman a las otras cinco por las que ya había recibido el beneplácito una semana antes. Así, la compañía se gana el derecho a cerrar de forma transitoria estas instalaciones, si lo cree conveniente, en los próximos años. Eso sí, el Supremo le ha dado una de cal y otra de arena: los magistrados han vuelto a rechazar la petición de indemnización para pagar los costes asumidos durante el tiempo en el que ha mantenido las instalaciones operativas a la espera del fallo.

“Debemos acoger la primera de las pretensiones deducidas por Naturgy Generación en el suplico de su demanda, declarando autorizado el cierre temporal de las plantas de ciclo combinado de Palos de la Frontera grupo 2, San Roque grupo 1, Campo de Gibraltar grupo 1, Aceca grupo 4 y Besos grupo 4, en los términos contenidos en la solicitud presentada el 20 de diciembre de 2019″, zanja la sala de lo Contencioso en una sentencia del 17 de octubre a la que ha tenido acceso este diario. Fuentes de la empresa aseguran que aún se sigue analizando el fallo para decidir los próximos pasos.

Estas cinco plantas citadas de Naturgy que se pueden cerrar en los próximos ejercicios de forma temporal se suman a las que ya habían recibido la luz verde del alto tribunal en un fallo del 11 de octubre: Palos de la Frontera grupos 1 y 3, Cartagena grupos 2 y 3, y Sagunto grupo 3. Estas cinco primeras podrán interrumpir sus operaciones durante los próximos cuatro años, mientras que Naturgy podrá cerrar las plantas de la sentencia del 17 de octubre durante un periodo de cinco años. Hay otra petición aún pendiente, aunque solo para una instalación (la de Plana del Vent, en Tarragona).

El caso que se conoce ahora su resolución se remonta a finales de 2019, mientras que el fallo anterior era de una petición de mayo de 2017. En ambas, la reclamación era la misma: la autorización de cierre temporal y una indemnización por los daños causados. Y los motivos, que estas plantas no eran viables económicamente porque estaban infrautilizadas. Entonces se usaban muy poco como respaldo de las renovables, entre otras cosas, por la contribución que existía del carbón.

Esta situación de encendido y apagado de las plantas de ciclo combinado se produce por su versatilidad. Esto es, esa tecnología permite parar o arrancar sin problema cuando se necesite, algo que no pasa con otras fuentes de generación eléctrica como la nuclear.

Lo que ocurre ahora es que la situación del sistema energético actual difiere de la de antes de la pandemia. Por ejemplo, en 2022, las plantas de ciclo combinado eran muy necesarias: generaron el 24% de la energía producida, el ejercicio con una mayor participación en el sistema español. “Fue un año excepcional por una menor aportación de las renovables. Los ciclos combinados fueron las que garantizaron la seguridad del suministro”, explica Joan Batalla, presidente de Sedigas y director general de Funseam.

Una relevancia que se mantiene vigente, como explica un reciente informe de PwC. “El peso de los ciclos combinados en el mix de generación eléctrica español ha crecido y lo seguirá haciendo de cara a 2030, no tanto en términos de generación de energía, pero sí en su capacidad de aportar respaldo y flexibilidad al sistema”, recoge el documento. En lo que va de año, la aportación de los ciclos combinados se sitúa alrededor del 18%. Así, es probable que Naturgy no tenga incentivos para cerrar ahora estas plantas.

Silencio administrativo

Las solicitudes se presentaron primero ante la Dirección General de Política Energética y Minas y después, tras no recibir respuesta, ante el secretario de Estado de Energía, que tampoco respondió. Por ello, entendía el recurso estimado por el significado del doble silencio administrativo.

La Abogacía del Estado opinaba lo contrario, ya que hay algunos procedimientos en los que esta lógica no opera. Por ejemplo, cuando el silencio supone transferir al solicitante o a un tercero “facultades relativas al servicio público”. En tal caso, el silencio es equivalente a una negativa.

Sin embargo, la sala no comparte ese criterio y se posiciona al lado de la energética: sostiene que la producción eléctrica no es un servicio público, sino un servicio de interés general. Y añade que el “propio operador de los servicios, Red Eléctrica [ahora Redeia], dictamina que el cierre de las instalaciones no compromete el correcto suministro de electricidad”.

Por todo ello, da la razón a Naturgy en esa parte, aunque no hizo lo propio con la petición de indemnización por falta de pruebas. “La parte recurrente no cumple el requisito de individualizar los daños que reclama en relación con las instalaciones a las que se refiere su demanda, de las que se desconoce cualquier tipo de dato, como ingresos y tiempo de funcionamiento, entre otros”, zanjan los magistrados.

Pago por capacidad

La situación del sistema eléctrico español, como ya se ha citado, es muy diferente a la de hace un lustro. Por un lado, por el cambio en el mix energético, aunque también influye la regulación. De hecho, los países comunitarios están inmersos en una reforma del mercado eléctrico que debe ser refrendada en Europa.

En el caso de España, está sobre la mesa la posibilidad de que haya una retribución para que las firmas tengan disponibles estos sistemas de respaldo para suministrar energía cuando sea necesario. “Confiamos en contar pronto con un mecanismo, en el que ya está trabajando el ministerio, similar al que ya disponen otros países de nuestro entorno, para garantizar la viabilidad económica y, por tanto, la disponibilidad de los ciclos combinados por su contribución clave a la seguridad de suministro, dando respuesta firme, flexible y de respaldo al sistema eléctrico y evitar así los riesgos reales de apagones”, explica Batalla.

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Sobre la firma

Hugo Gutiérrez
Es periodista de la sección de Economía, especializado en banca. Antes escribió sobre turismo, distribución y gran consumo. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS tras pasar por el diario gaditano Europa Sur. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, Máster de periodismo de EL PAÍS y Especialista en información económica de la UIMP.
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