El Supremo confirma la condena un año de cárcel a un hijo de Ruiz-Mateos por un delito fiscal de 2003
El Alto Tribunal afirma que simuló la compra de una finca para mover “casi cuatro millones de euros” a una empresa de Nueva Rumasa en un paraíso fiscal
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año de prisión y una multa de 400.000 euros impuesta a Alfonso Ruiz-Mateos por un delito contra la Hacienda Pública relacionado con el impago del IVA en 2003 por la compraventa de una vivienda. Dicha pena fue impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid, en junio de 2021, al considerar que el hijo del empresario fallecido José María Ruiz-Mateos fue la pieza clave para simular una operación de compra de una finca en el municipio madrileño Cobeña.
Según la Audiencia de Madrid, esta operación era “ficticia”, ya que su verdadero objetivo era mover “casi cuatro millones de euros” a una empresa del grupo Nueva Rumasa, Innovaciones Burgen Land, constituida en 1998 y domiciliada en Belice, “fuera del alcance de la Agencia Tributaria, al hallarse domiciliada en un paraíso fiscal”. En esta línea, dio por acreditado que se dejó sin pagar una cuota de 609.122,96 euros de IVA correspondientes a la compra del inmueble.
Ahora, el Supremo ha rechazado el recurso de Ruiz-Mateos y de otros tres condenados por estos hechos contra dicha decisión judicial. Así consta en una sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, con fecha del pasado 6 de julio, a la que tuvo acceso CincoDías, que ratifica la resolución de la Audiencia de Madrid. Según los magistrados del Alto Tribunal, la sentencia condenatoria está adecuadamente motivada y no tiene ninguna tacha de “arbitrariedad”.
Un plan para despatrimonializar sociedades
En este sentido, el Supremo ha confirmado que la compraventa en la que se utilizaron varias empresas de Nueva Rumasa, entre ellas Silvanna Asociados 21, se llevó a cabo por una “trama criminal” en la que participaron “cuatro patas”: el hijo de Ruiz-Mateos, el abogado Joaquín Yvancos Muñiz y los empresarios Juan Carlos Visedo Buitrago y Manuel Cambas Roldán.
La contribución de estas cuatro personas en el plan era necesaria, ya que la idea era “despatrimonializar a sociedades solventes para pasar el patrimonio a sociedades insolventes del mismo grupo, que en definitiva eludían el pago del impuesto, poniendo a su cargo a personas ilocalizables”, señala el Alto Tribunal.
De hecho, los magistrados de la Sala de lo Penal recogen en su resolución que esta misma operación se ha repetido “en las cien empresas no operativas que era en las que se producían las enajenaciones de bienes en las que se eludía el pago de tributos. Se percibía el IVA y no se destinaba al pago debido a la Agencia Tributaria”.
Juicio pendiente por estafa
Alfonso Ruiz-Mateos se encuentra pendiente de juicio en la Audiencia Nacional, junto a sus cinco hermanos, por los negocios con Nueva Rumasa. La Fiscalía Anticorrupción pide para los hijos del matrimonio José María Ruiz-Mateos y Teresa Rivero 16 años de prisión para cada uno de ellos por una presunta estafa a miles de personas. A través de la emisión de pagarés, captaron 447 millones aportados por más de 4.000 particulares, de los que 289 millones quedaron sin devolver, indica el escrito de acusación.
La resolución del Supremo se da a conocer justo unos días después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haya dado la razón a la familia Ruiz-Mateos y ordenara al Ministerio de Hacienda a iniciar los trámites para determinar el justiprecio definitivo del grupo Rumasa, expropiado por el Gobierno de Felipe González el 23 de febrero de 1983.
Se trata de una sentencia, con fecha del pasado 19 de junio, en la que estimó un recurso de Teresa Rivero contra la resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado, de mayo de 2021, por la que rechazó la solicitud de recalcular el valor de las acciones y participaciones de todas las empresas del entramado societario.
Los magistrados del tribunal superior madrileño consideraron que esta petición debía ser aceptada, ya que el Tribunal Supremo señaló en varias sentencias dictadas desde 2001 que en el justiprecio se debe tener en cuenta la “actualización y consolidación de balances”. La Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Hacienda, está estudiando los argumentos de esta sentencia del TSJM para valorar un recurso ante el Alto Tribunal, según indicaron fuentes jurídicas a CincoDías, que añadieron que lo más previsible es que se presente dicha impugnación. De ser así, el Supremo tendrá la última palabra.
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