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Tribuna
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La agencia de valores Qrenta y la responsabilidad de sus administradores

La sentencia que condena a los gestores permite a los afectados recuperar el dinero perdido al margen de la agencia

Empresas
Parqué de la Bolsa de Madrid. efe

En junio de 2018, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acordó intervenir varios fondos gestionados por la agencia de valores Qrenta, por el riesgo de iliquidez que presentaban.

La realidad es que estas medidas llegaron tarde, porque el organismo supervisor llevaba muchos años requiriendo a Qrenta para que abandonase ciertas prácticas que no se evitaron y que, al fin y al cabo, terminaron por arruinar gran parte de las inversiones de muchos pequeños ahorradores.

Transcurridos más de cinco años desde 2018, la mayor parte de los clientes de Qrenta afectados han perdido una muy buena parte de sus inversiones, convertidas hoy en una colección de sentencias contra la agencia de valores, declarada en concurso de acreedores en enero de 2020.

Por este motivo es interesante comentar la sentencia del 1 de marzo de 2023, hoy ya firme, que fue dictada contra Qrenta y sus administradores por la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Existen otras muchas sentencias que han condenado a Qrenta a indemnizar a otros clientes, pero este caso en concreto es la primera ocasión en que se ha condenado conjuntamente a los administradores junto a la agencia.

Al diseñar la estrategia inicial de la reclamación del caso comentado, los abogados sabían que tenían que iniciar una reclamación frente a Qrenta y que muchos otros inversores iban a hacer lo mismo simultáneamente, porque las irregularidades de la agencia eran estructurales e iban a afectar a la práctica totalidad de los inversores.

Por este motivo, plantearon también la demanda frente a los administradores de la entidad, porque de este modo podrían recuperar el dinero perdido frente a los administradores, al margen de la agencia, que iba a terminar siendo insolvente con seguridad y no podría pagar todas las condenas que se avecinaban.

La sentencia de la Audiencia da la razón a los demandantes y lo hace aplicando el criterio establecido por el Tribunal Supremo en 2016 en materia de responsabilidad de los administradores de promotoras sobre las cantidades entregadas a cuenta por los compradores de viviendas sobre plano, que exige dos requisitos para que un administrador pueda ser condenado por mala gestión: el primero es que haya incumplido una obligación "específica" (en el caso de Qrenta, la Ley del Mercado de Valores) y el segundo es que esa obligación incumplida tenga la finalidad de proteger a "la parte más débil" de la relación (en nuestro caso, el pequeño inversor, carente de los conocimientos que le debía facilitar la agencia).

La realidad es que Qrenta no utilizó su expertise en beneficio de los clientes, sino en el suyo propio, a través de un complejo sistema mantenido durante años gracias a la inoperancia de la CNMV y a través del cual Qrenta y sus accionistas obtuvieron importantes beneficios.

De forma muy resumida, lo que hacía Qrenta era asesorar a empresas del Mercado Alternativo Bursátil (MAB), hoy BME Growth, que querían captar inversores, ofreciéndoles servicios de asesoramiento para su salida al MAB como empresas debutantes y/o servicios para ampliar capital o para emitir bonos, lo que, en principio, era una actividad legítima.

Sin embargo, lo que convirtió esa actividad en reprochable para Qrenta fue el destino de esas inversiones, en la medida en que la agencia las colocó a sus propios clientes, pequeños inversores a los que gestionaba y asesoraba sus carteras.

Es decir, por una parte, Qrenta ofertaba productos de diferentes empresas del MAB (a las que cobraba por ello una importante remuneración) y, simultáneamente, asesoraba a sus clientes minoristas la compra de esos productos.

Esta dinámica de funcionamiento, que por sí misma ya generaba un evidente conflicto de interés, se agravó porque Qrenta se excedió en la concentración de las inversiones de sus clientes, al destinarlas exclusivamente a ocho empresas del MAB, y acumular una participación excesiva en las mismas.

Por si todo ello no era suficiente, y para mantener la cotización de las empresas destinatarias de las inversiones, Qrenta también cruzó órdenes de compra y venta de acciones entre sus propios clientes, con lo que consiguió mantener una apariencia de normalidad durante años.

La sistemática seguida por Qrenta justifica cumplidamente la condena de los administradores, ya que el pequeño inversor desconocía por completo que estaba siendo utilizado como eslabón de una fraudulenta cadena de inversión, al mejor estilo Ponzi.

La respuesta ofrecida por la audiencia provincial al caso enjuiciado resulta acertada, porque censura la gestión de unos administradores sociales que defraudaron la confianza de sus clientes y les perjudicaron deliberadamente, siguiendo un plan preestablecido, que mantuvieron durante años, en los que percibieron un lucrativo beneficio personal, lo que les ha condenado a reparar el daño causado.

Eduard Magri Almirall, abogado del área mercantil de ETL Global.

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