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La Ley Concursal tras un año

La ASPAC alerta de que ha habido un repunte de los concursos debido a los concursos declarados por personas físicas

La ley Concursal ya lleva un año en vigor. Tras 365 días desde que se puso en marcha, la Asociación Profesional de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuraciones e Insolvencia (ASPAC) alerta de que el crecimiento de los concursos declarados proviene especialmente de los concursos declarados de las personas físicas.

El presidente de ASPAC, Diego Comendador, ha puesto de manifiesto que a lo largo de este tiempo la cantidad de procedimientos concursales de compañías ha experimentado una disminución. No obstante, señala que el incremento en las solicitudes de concurso por parte de individuos “es de naturaleza exponencial. Lo que reviste una mayor inquietud es que la gran mayoría de estos concursos se ha presentado bajo las pautas de la reciente regulación de concursos sin masa. De hecho, este tipo de procedimientos ha aumentado en más de un mil por ciento”.

La Asociación considera que, a pesar de todo, la ley ha conseguido “avances significativos en el ámbito de la insolvencia”, aunque piensan que deberían realizarse algunos desarrollos reglamentarios para mejorarla. Entre estos destaca la implementación de una plataforma, la creación de formularios estandarizados y la elaboración de un Estatuto normativo que rija la labor de la Administración Concursal.

Acceso riguroso a la profesión

En ese sentido, los administradores concursales recuerdan que llevan solicitando la instauración de este Estatuto desde 2014 y consideran que su implementación es esencial para substancialmente mejorar los procesos de insolvencia, así como para incrementar la eficacia de los procedimientos en general.

La Asociación también ha planteado establecer un acceso más riguroso a la profesión, con el fin de promover una mayor preparación. Según advierten sus responsables, la cantidad de administradores en España no guarda proporción con la frecuencia de concursos que ocurren anualmente. Esta situación conlleva a que, en ocasiones, no sean los profesionales más idóneos quienes manejen los casos de insolvencia, lo que potencialmente podría tener un impacto considerable en la eficacia de los procedimientos.

Desde la Asociación consideran que “no se puede descuidar a los profesionales involucrados” al establecer una estructura normativa para el sistema de insolvencia. Según indican, de ahí surge precisamente la “imperiosa necesidad de este Estatuto, que implicaría la profesionalización de la Administración Concursal. De esta manera, los especialistas en este ámbito dispondrían de un marco de referencia y criterios claros para orientarse, contribuyendo así a la creación de un sistema más sólido”.

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