El Supremo ya no obliga a los autónomos a declarar el IRPF de forma telemática
Una sentencia invalida varios artículos de la Orden de Hacienda que establecía dicha obligatoriedad
El Tribunal Supremo ha anulado la obligación de que los trabajadores autónomos tengan que declarar el IRPF de forma telemática.
En el fallo emitido por el Supremo, ha declarado inválidos varios artículos de la Orden de Hacienda que establecían la obligatoriedad general de presentar la declaración del IRPF a través de medios electrónicos. En dicho fallo, según recoge Espacio Pymes, no se han especificado las condiciones que justifican dicha imposición.
La sentencia enfatiza que la normativa no puede imponer el uso exclusivo de medios electrónicos a los ciudadanos, sino que estos deben tener el derecho de elegir cómo desean relacionarse con la Administración.
Además de eso, la orden de Hacienda que se anuló también eliminaba la opción de obtener la declaración y sus documentos en papel mediante el Servicio de tramitación del borrador o de la declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En lugar de eso, establecía como obligatorio presentar la declaración solo por medio electrónicos.
Los expertos recuerdan que la Ley General Tributaria reconoce el derecho de los ciudadanos a comunicarse electrónicamente con la Administración, pero no establece la obligatoriedad de hacerlo.
Promover y facilitar el uso de medios electrónicos
En ese sentido, la sentencia emitida por el Tribunal Supremo recuerda que la normativa no permite que el Ministro de Hacienda imponga de manera general una obligación que contradiga este derecho reconocido por la ley.
La sentencia subraya que, aunque la Administración tiene la responsabilidad de fomentar el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos para comunicarse con los ciudadanos, no puede imponer su utilización de manera obligatoria. Es decir, la Administración puede promover y facilitar el uso de estos medios, pero no puede obligar a los contribuyentes a emplearlos.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo ha revocado la decisión previa de la Audiencia Nacional, la cual no había dado la razón a la Asociación de Asesores Fiscales en cuanto a la anulación de la obligatoriedad de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos. Esta decisión sienta un precedente sobre la interpretación de la Ley General Tributaria.