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Incapacidad permanente en autónomos: cómo funciona y cómo lo evalúa la Seguridad Social

El autónomo debe presentar la solicitud y la Seguridad Social se encargará de emitir la evaluación

La incapacidad permanente es un beneficio importante que brinda protección a los trabajadores en caso de una enfermedad o lesión que les impida continuar con su actividad laboral.

Si bien la incapacidad permanente es comúnmente asociada con los trabajadores asalariados, es igualmente relevante para los trabajadores autónomos. La Seguridad Social juega un papel fundamental en la evaluación de la misma.

En primer lugar, el trabajador autónomo debe presentar una solicitud de reconocimiento de la Incapacidad Permanente ante la Seguridad Social. Es importante que se realice lo antes posible una vez que se haya producido la enfermedad o lesión que afecte la capacidad laboral.

La Seguridad Social realizará una evaluación médica exhaustiva para determinar el grado de incapacidad del trabajador autónomo. En esta etapa, se tendrán en cuenta los informes médicos y pruebas pertinentes, así como la opinión de los profesionales de la salud designados por la Seguridad Social.

La evaluación de la incapacidad permanente se basa en la capacidad del trabajador autónomo para desempeñar su actividad laboral habitual. La Seguridad Social considerará factores como la gravedad de la enfermedad o lesión, las limitaciones funcionales y la capacidad residual de trabajo del autónomo.

Evaluación médica

Según el resultado de la evaluación médica, la Seguridad Social determinará si el trabajador autónomo tiene derecho a una incapacidad permanente y, de ser así, en qué grado. Los grados de incapacidad permanente pueden ser parcial, total, absoluta o gran invalidez, dependiendo de la capacidad residual de trabajo del autónomo.

En función del grado de incapacidad permanente, el trabajador autónomo podrá acceder a prestaciones económicas proporcionadas por la Seguridad Social. Estas prestaciones pueden incluir una pensión mensual y otros beneficios adicionales, como asistencia sanitaria y programas de rehabilitación.

Desde la inclusión forzosa de las coberturas por contingencias profesionales, se abre la posibilidad de acceder a la pensión de incapacidad permanente en grado de total para los autónomos que cumplan con los requisitos generales y médicos necesarios. Antes, cuando la cotización por AT (Accidentes de Trabajo) y EP (Enfermedades Profesionales) era opcional, solo se podía obtener la invalidez total si el profesional pagaba por esas coberturas en su cuota mensual.

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