El futuro de Ence y miles de familias de Pontevedra, pendiente del fallo del Supremo
El Alto Tribunal revisa si la autorización para ocupar suelo de la ría hasta 2073 es legal
Ence vive mañana un día clave para el futuro de su fábrica en la ría de Lourizán (Pontevedra). Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se reúnen para deliberar la legalidad de la prórroga que el Gobierno de Mariano Rajoy otorgó en 2016 a la compañía de celulosa para mantener sus instalaciones hasta 2073 en suelo de dominio público y protegido por la Ley de Costas.
El Alto Tribunal estudia los recursos presentados por Ence Energía y Celulosa S.A., comités de empresa y otras entidades, entre ellas la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, contra las tres sentencias de la Audiencia Nacional que anuló la licencia de ocupación de la superficie de 373.524 metros cuadrados, por un periodo de 60 años.
La compañía vivirá en vilo hasta conocer qué resuelve el Supremo, pues su decisión tendrá un impacto directo en miles de familias que, de modo directo o indirecto, dependen de la actividad de la papelera. Si el más alto órgano judicial ratifica la sentencia que la Audiencia Nacional dictó el 15 de julio de 2021, supondrá el fin a la principal planta de Ence.
De hecho, en previsión de este fatal destino, el consejo de administración de la empresa anunció el pasado 26 de enero que retrasa hasta marzo la presentación de sus cuentas anuales para poder recoger adecuadamente la resolución del Supremo y dotar las provisiones necesarias. En 2021, la compañía ya registró un deterioro contable del activo de 148 millones de euros y una provisión para afrontar los costes de desmantelamiento de la fábrica gallega por 42 millones de euros.
Por su parte, Ence destaca que "el potencial cierre de esta industria causaría un daño muy elevado para Galicia. Ence Pontevedra aporta cerca del 28% del PIB de Pontevedra y da empleo de forma directa a 400 personas, y a 5.100 de forma indirecta e inducida". La compañía explica que, en caso de un fallo contrario a sus intereses, tiene un plan de crecimiento para su planta de Asturias, a la vez que analiza otros posibles proyectos, como una planta de reciclado en As Pontes (A Coruña).
Sin fecha para la sentencia
Los magistrados del Alto Tribunal no tienen por qué tomar una decisión el mismo día de su reunión, ya que ésta sirve para poner en común los argumentos jurídicos y conocer el borrador de la sentencia, para cuyo dictado no hay un plazo máximo establecido por ley. En caso de que el fallo esté claro, los magistrados pueden adelantar su decisión o pueden esperar a hacerlo público hasta la notificación de la resolución.
El asunto lleva casi un año en manos del Supremo, pues admitió su "interés casacional" para la formación de jurisprudencia el 23 de marzo de 2022. Así, el tribunal aclarará si las instalaciones de Ence pueden o no tener otra localización. La fábrica de pasta de celulosa se estableció en 1958 en la franja comprendida entre el ferrocarril de Pontevedra a Marín y la carretera de unión de los dos puertos.
La primera Ley de Costas no entró en vigor hasta 1969 y se modificó en 1988, cuando se introdujo el requisito de que "solo se puede permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación". Asimismo, se estableció que el Consejo de Ministros debe revisar y otorgar prórrogas de las concesiones aprobadas con anterioridad a la normativa de finales de los años 80, como es el caso de Ence.
El Gobierno de Rajoy, estando en funciones, y a través de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, aprobó la ampliación del tiempo de permanencia en la ría, a cambio de un compromiso de inversión de 61 millones de euros para reducir la contaminación y los olores. El Ayuntamiento de Pontevedra y asociaciones ecologistas como Greenpeace recurrieron dicha decisión ante la Audiencia Nacional. En el marco de dicho procedimiento, el Gobierno ya dirigido por Pedro Sánchez cambió radicalmente de opinión y, en marzo de 2019, pasó de estar en contra de las pretensiones de los demandantes a ponerse de su lado.
Necesaria justificación
La Audiencia Nacional dejó dicha prórroga sin validez, al considerar que ni el Ejecutivo ni Ence acreditaron la necesidad de mantener su ubicación sobre el dominio público costero. La sentencia, que ahora se encuentra bajo la revisión del Alto Tribunal, subrayó que, según la prueba pericial practicada, el agua dulce, en un determinado volumen, es "un recurso necesario e imprescindible para el proceso productivo de las plantas de pasta de papel Kraft con blanqueo", como la que desarrolla Ence. Asimismo, destacó la necesidad de estar próximo a recursos hídricos (agua salada o dulce) para la evacuación del vertido.
No obstante, determinó que ello no justifica "que dichas plantas por su naturaleza o configuración, tengan que ubicarse en el dominio público marítimo terrestre". Por tanto, los magistrados de la Audiencia Nacional dieron la razón a Greenpeace y al Concello de Pontevedra y concluyó que la fábrica puede situarse cerca de los ríos o grandes masas de agua, "pero fuera de dicho demanio costero".
De hecho, la resolución cita casos similares de fábricas que se encuentran cercanas a ríos y que se pueden equiparar a Ence, como las de Torraspapel S.A. en Zaragoza y Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga S.A.; o la biofábrica de ENCE en Navia (Asturias), mayor productor europeo de celulosa de eucalipto.
Todos estos argumentos que dejaron en el aire la permanencia de Ence en la ría de Pontevedra son los que están ahora bajo el examen del Supremo, que resolverá el futuro más inmediato de la compañía y pondrá fin al conflicto que ciudadanos y trabajadores mantienen desde hace décadas.