La banca trabaja contra reloj para tumbar el impuesto al sector alegando inconstitucionalidad
Prepara su defensa ante el primer pago del gravamen, antes del 20 de febrero
La banca española prepara contra reloj su argumentario para intentar tumbar en los tribunales el impuesto temporal al sector diseñado por el Gobierno. Las entidades sujetas al gravamen deberán afrontar el primer pago antes del próximo 20 de febrero. Y, según explican las fuentes financieras consultadas, nada más liquidarlo, los bancos presentarán una reclamación ante los tribunales alegando inconstitucionalidad, doble imposición e incompatibilidad con la normativa propia a la que están sujetos.
Tras la decisión del Ejecutivo de imponer una tasa temporal a la banca, todo el sector alzó la voz ante lo que considera un impuesto injusto y mal diseñado. La ley que regula el gravamen prevé que las entidades que en 2019 obtuvieran más de 800 millones entre margen de intereses y comisiones netas deban abonar un 4,8% entre ambos conceptos en 2022 y 2023. El Gobierno justificó esta medida al considerar que los bancos obtendrán beneficios extraordinarios en estos dos ejercicios debido a la acelerada subida de tipos de interés. Pero las entidades ya han puesto en movimiento su maquinaria jurídica para anularlo.
Se trata de una decisión que deben tomar en primer lugar los consejos de administración de cada entidad. El sector da por descontado que todos los bancos o la gran mayoría lo recurrirán. Incluso la patronal CECA ha contratado a un despacho de primera línea para estudiar la forma de presentar también algún recurso.
Las fuentes consultadas explican que los bancos autoliquidarán el 50% del impuesto en las próximas semanas e inmediatamente acudirán a los tribunales para recurrir esa liquidación. Se trata solo del primer paso. A corto plazo las entidades buscarán que se les devuelva el importe que van a abonar, porque más allá de la disconformidad generalizada, todas lo van a pagar. Pero de fondo, hay una batalla de largo recorrido que, según las fuentes consultadas, puede prolongarse entre dos y cinco años.
Argumentario
Las defensas de las entidades están preparando un argumentario en el que se buscará la vía de la inconstitucionalidad. El sector destaca el argumento de la doble imposición. En ese sentido, los bancos alegarán que van a ser gravados por partida doble: primero, por los ingresos obtenidos y posteriormente, esos mismos ingresos se verán gravados por los beneficios, a través del impuesto de sociedades.
Dado que la norma impide aplicar deducciones, los bancos estudian pedir la inconstitucionalidad por vulneración del artículo 31 de la Constitución que asegura los principios de igualdad y progresividad del sistema tributario sin que tenga alcance confiscatorio. “Se pedirá la nulidad del impuesto porque no cumple los requisitos. La base para argumentarlo va a ser la inconstitucionalidad porque hay una doble imposición”, explican fuentes financieras.
Por otro lado, buscan claridad. El Ejecutivo se aseguró de reflejar en la ley que regula el gravamen la prohibición de que los bancos lo repercutan a los clientes a través de un encarecimiento del crédito. Sin embargo, la normativa europea establece que a la hora de calcular los precios, los bancos deben tener en cuenta todos sus costes, incluidos los fiscales. Algunas entidades ya han manifestado públicamente la incompatibilidad de ambas normas y en ciertos casos también se estudia pedir la inconstitucionalidad al considerar que supone un límite a la libertad de empresa y vulneraría el artículo 38 de la Carta Magna.
Otras fuentes financieras consultadas señalan que las defensas de los bancos recogerán los principales argumentos ya apuntados por el Instituto de Estudios Económicos (IEE) en un informe sobre el impacto del gravamen. En este documento, más allá de los puntos ya mencionados, los expertos jurídicos consideran que la tasa vulnera el principio general de seguridad jurídica del artículo 9 de la Constitución por su retroactividad.
En ese sentido, señalaba que el criterio para establecer las entidades obligadas a abonar el gravamen se basa en los resultados obtenidos en 2019, lo que supone tres años antes del nacimiento de la norma.
Rebaja de la factura fiscal
Exclusión de ingresos. La intención de los bancos al recurrir el gravamen es anularlo. Pero de manera subsidiaria, las entidades pedirán una rebaja en el importe para que, en caso de que los tribunales lo consideren legal, permitan desligar del cómputo los ingresos no vinculados a las subidas de tipos de interés, como las comisiones no bancarias, el negocio ligado con los seguros o la banca de inversión. Los departamentos jurídicos y tributarios de los bancos ya se han puesto manos a la obra para discutir cuál es la base real sobre la que debe abonarse el nuevo tributo. Según explican las fuentes financieras consultadas, lo que se está estudiando es el desglose de los ingresos que entrarían en el cómputo y los que quedarían excluidos.