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Despedida de soltero en el AVE: empezó muy mal y acaba en multa de 7.676 euros

Los 11 integrantes, en julio de 2018, son condenados a pagar la indemnización que afrontó Renfe por el retraso del tren

Viajeros junto a un tren AVE de Renfe.
Viajeros junto a un tren AVE de Renfe.Pablo Moreno
Javier Fernández Magariño

El comportamiento “descontrolado” de 11 hombres en el vagón cafetería de un AVE que realizaba el trayecto Madrid-Malaga, motivó el 6 de julio de 2018 un retraso de 23 minutos en destino y la obligada indemnización por parte de Renfe al resto de los viajeros. Más de tres años después, el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid dicta que la suma de 7.676 euros que afrontó la operadora debe ser pagada por los integrantes de la despedida de soltero, que se negaron a abandonar el tren en la estación de Córdoba y tuvieron que ser desalojados por la Policía Nacional.

Cada uno de los participantes de la fiesta asume una sanción de 697,82 euros. En ese AVE viajaban 216 viajeros más, a los que se abonó el precio de sus billetes. Posteriormente fue la propia Renfe la que presentó demanda señalando que “alteraron de manera cada vez más intensa el orden dentro del tren, gritando, cantando y golpeando las paredes del tren, haciendo caso omiso de las indicaciones y llamadas de atención del personal de Renfe”.

Fue el interventor el que, en virtud del artículo 90 de Reglamento del Sector Ferroviario, exigió el abandono del AVE por parte de los molestos, para lo que requirió la intervención del personal de seguridad. Pero una vez en Córdoba, “los demandados aprovecharon para escalar de manera definitiva su fiesta particular en la cafetería del tren, donde se encontraban bebiendo, bailando, cantando y gritando a todo volumen y de manera totalmente descontrolada”, señala la sentencia.

Los interpelados por el personal de Renfe solo cedieron ante la presencia policial, acreditándose en la sentencia que la demora del viaje se debió a la “necesidad del auxilio de la Policía Nacional para lograr que los codemandados bajaran del tren”.

El Juzgado achaca a los 11 una responsabilidad civil y exculpa a Renfe, que no está “obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros viajeros, ni puede determinar, al tiempo en que se adquiere un billete de tren, si los viajeros tienen intención de celebrar algún evento en el interior del AVE”.

La empresa ha certificado ante el juez los billetes reembolsados y su importe total, mientras que la sentencia establece una condena solidaria entre los once participantes en la despedida de soltero por razones de seguridad jurídica y dada la interdependencia de las conductas. Desde Renfe se ha señalado esta mañana que seguirá siendo “contundente con los comportamientos que alteren un viaje”, recurriendo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando se produzcan casos graves de alteración del orden público y denunciando ante los tribunales.

Sobre la firma

Javier Fernández Magariño
Es redactor de infraestructuras, construcción y transportes en Cinco Días, donde escribe desde junio de 2000. Ha pasado por las secciones de Especiales, Cinco Sentidos, 5D y Compañías siguiendo la información de diversos sectores empresariales. Antes fue locutor de informativos en la Cadena Cope, además de colaborar en distintos medios de Madrid.

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