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Trabajo multa a Glovo por emplear a falsos autónomos

La empresa deberá pagar 79 millones de euros por “vulnerar los derechos de los trabajadores”

La Inspección de Trabajo ha multado a Glovo por seguir trabajando con falsos autónomos. La empresa deberá pagar 79 millones de euros por “vulnerar los derechos de sus trabajadores”.

Este hecho ha provocado, según ha confirmado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, la regularización de la situación de 10.600 trabajadores de la compañía.

Ley ‘Rider’

La ley ‘Rider’, que entró en vigor en agosto de 2021, obliga actualmente a las plataformas de reparto a domicilio contratar como asalariados a sus repartidores. Así, la ley daba un plazo de tres meses a estas empresas para adaptarse a la normativa.

De acuerdo con dicha normativa, se debe reconocer la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto, aunque la gestión de estos se realice mediante una plataforma digital. Esto va en consonancia con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en 2020, donde se indicaba que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

La ministra ha advertido de que “estamos ante una auténtica actuación de falsos autónomos y el peso de la ley va a caer sobre esta empresa, como ya ha caído con la Inspección”.

Desmienten la relación

Sin embargo, desde la empresa desmienten que la multa esté relacionada con la ley ‘Rider’, ya que el periodo inspeccionado abarca desde 2018 hasta el 11 de agosto de 2021. Desde la empresa señalan que el importe notificado incluye no sólo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social, sino también una propuesta de sanción por cada repartidor.

Un portavoz de la compañía recalca que durante toda la inspección solicitaron aportar más pruebas y valoraciones, así como distinta documentación, algo que fue rechazado por la Inspección de Trabajo.

A su juicio, esto es una “decisión unilateral, que implica una propuesta de la Inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones, y después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la Justicia, se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación o de infracción”.

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