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Ley Rider

Trabajo multa a Glovo con 79 millones y regulariza a 10.600 de sus trabajadores

Díaz acusa a la empresa de "vulnerar" los derechos laborales de sus trabajadores y de "obstruir" la labor de la Inspección de Trabajo, algo que ha calificado de "gravísimo"

Pablo Monge
Marimar Jiménez

Sanción récord a Glovo. La Inspección de Trabajo ha impuesto a la compañía de reparto a domicilio una multa de 78,9 millones de euros por tener a 10.614 trabajadores como falsos autónomos en Barcelona y Valencia. Es la sanción más grande impuesta hasta ahora por el organismo a Glovo, que recientemente fue adquirida por el gigante alemán Delivery Hero.

La Inspección de Trabajo ha sancionado a Glovo con 63,2 millones (entre sanción y cuotas impagadas) en Barcelona y con 15,7 millones en Valencia, tras constatar la relación laboral que une a la empresa con, al menos, 8.331 empleados en la capital catalana y de 2.283 trabajadores en Valencia, También ha impuesto una sanción de 2.500 euros por obstrucción a la labor inspectora. El monto total de ambas sanciones equivale al 13,4% de la facturación de Glovo en 2021, cuando obtuvo unos ingresos de 591 millones.

La inspección considera que se trata de falsos autónomos “que dependen y son ajenos” a Glovo y que esta empresa debería haberlos incluido en plantilla, como recoge la conocida como ley rider, que entró en vigor en agosto del pasado año. El organismo dependiente del Ministerio de Trabajo ha constatado que en la relación entre Glovo y los repartidores concurren las notas de dependencia y ajenidad propias de la relación laboral.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirmó ayer las sanciones y acusó a Glovo de “vulnerar” los derechos laborales de sus trabajadores y de “obstruir” la labor de la Inspección de Trabajo, algo que calificó de “gravísimo” en un Estado social y democrático de Derecho, en el que las empresas “tienen que cumplir la ley”.

Peso de la ley

“Estamos ante una auténtica actuación de falsos autónomos y el peso de la ley va a caer sobre esta empresa, como ya ha caído con la Inspección”, añadió Díaz, que indicó que se ha procedido a la regularización de estos repartidores.

En las actuaciones realizadas en esta ocasión la Inspección ha llevado a cabo entrevistas con la empresa y con los trabajadores, y ha examinado todo tipo de documentación con trascendencia para la verificación del cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social.

Asimismo, ha acreditado que la empresa no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores sino una empresa que presta servicios de reparto y mensajería fijando las condiciones esenciales de prestación de dicho servicio. La Inspección ha constatado que en la relación entre la empresa y los repartidores concurren las notas de dependencia y ajenidad propias de la relación laboral.

Pese a ser la más abultada, esta sanción no es la primera impuesta a Glovo. Actuaciones de Inspección de Trabajo en Tarragona, Girona y Lleida se saldaron en julio pasado con otra multa de dos millones por 351 falsos autónomos. Y en diciembre pasado se le impuso una de 8,6 millones en Sevilla por 1.316 trabajadores. En lo que va de año, la compañía suma sanciones de 42,2 millones en liquidación de cuotas a la Seguridad Social y otros 84,4 millones por infracciones. Igualmente sanciones por 14.000 euros por obstrucción a la labor inspectora. Fuentes del sector señalan que otra multa importante podría venirle por Madrid, donde cuenta con unos 5.000 repartidores. En España, tiene actualmente unos 16.000 riders (apenas 2.000 contratados).

Desde Glovo aclararon a CincoDías que las multas que le han impuesto por Barcelona y Valencia no son las primeras tras la ley rider, pues el periodo inspeccionado se refiere al año 2018 hasta el 11 de agosto de 2021 con la entrada en vigor de la citada ley. “La sanción no está relacionada con esta ley; se refieren al modelo [operativo] anterior, no vigente ya en España”, aseguraron. La compañía también precisó que el importe notificado incluye no solo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social sino también una propuesta de sanción por cada repartidor.

"Conviene resaltar que durante el periodo de inspección, Glovo pidió ampliar y aportar sus pruebas, reflexiones y valoraciones así como distinta documentación, algo que fue rechazado a cuando el acta ha sido presentada", señaló. La empresa precisó igualmente que se trata de una resolución unilateral, que implica una propuesta de la inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones, y después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la justicia, se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación y/o de infrancción.

Ambas multas pueden recurrirse ante los tribunales, algo que la compañía ya ha dicho que hará, lo que dilatará el pago de las mismas.

Quejas de la competencia

Pese a la entrada en vigor de la ley rider en agosto de 2021, Glovo decidió seguir operando con autónomos, lo que le ha acarreado denuncias. Ese agosto, CC OO denunció a Glovo ante la Inspección de Trabajo por desafiar la ley y en marzo de este año su rival Uber Eats urgió al Gobierno a que hiciera cumplir la ley a Glovo para poder competir en igualdad de condiciones. Uber, que tras la entrada en vigor de la ley trabaja con flotas colaboradoras, acusó al Gobierno de consentir a su rival seguir operando con autónomos.

Uber Eats se quejó entonces de que muchos riders preferían trabajar con Glovo para ser autónomos y en agosto de este año anunció que iba a explorar un nuevo modelo de reparto “híbrido” que combine el contrato a terceros -como en la actualidad- con el trabajo con autónomos”.

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Sobre la firma

Marimar Jiménez
Redactora senior en la sección de Empresas de CINCODIAS. Sigue la actualidad del sector de tecnologías de la información y del ecosistema emprendedor español. Antes de incorporse al diario en 2000 trabajó en Actualidad Económica y los suplementos Futuro y Negocio en EL PAIS. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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