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En colaboración conLa Ley
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Relaciones laborales
Tribuna
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El sindicato como pieza clave de nuestro sistema de relaciones laborales

Sin la presencia de órganos que defiendan los intereses de los trabajadores se incurriría en una quiebra radical del equilibrio jurídico y social

En un debate que es tan viejo como su existencia, pero con ciclos especialmente agudos, se vuelve a cuestionar por algunos la actuación, e incluso la necesidad y utilidad, de los sindicatos, instituciones que, como es sabido, tienen atribuida constitucionalmente la relevante labor de defender y tutelar los derechos de las personas trabajadoras. Por supuesto que lo que aquí vamos a decir vale perfectamente para las organizaciones empresariales, pero es en el caso de los sindicatos en los que el debate y el ruido es siempre más audible.

En una sociedad democrática todo debate, sobre cualquier institución, es perfectamente admisible. Hay otras muchas de nuestras instituciones constitucionales que son objeto de crítica, a veces con razón y otras sin ella. Pero en el caso de los sindicatos la persistencia y contumacia en poner en duda, no ya su actuación, lo que entra dentro de lo normal, sino su propia existencia, es tan injusta como interesada. No sólo en el plano teórico, en el que es difícil cuestionar que unas relaciones laborales sin presencia de órganos que defiendan colectivamente los intereses de los trabajadores incurrirían en una quiebra radical del equilibrio jurídico y social sobre el que se funda en buena medida el modo de producción capitalista, sino también cuando se contrasta la crítica desmesurada con la realidad de lo que ha ocurrido en España desde el origen de nuestro régimen constitucional de 1978.

Desde entonces, como ocurre siempre con los ciclos económicos, pero con especial virulencia en las últimas décadas, hemos padecido crisis de magnitud extraordinaria, que nos han conducido en muchas ocasiones a tasas de desempleo objetivamente insoportables. Son todas crisis que tienen el riesgo de conmoción social, porque rompen los equilibrios sobre los que se asienta el orden económico y provocan el empobrecimiento de una parte importante de la población.

En todos los casos los sindicatos, al menos los principales, y naturalmente con las luces y sombras que pueden predicarse de cualquier institución democrática perdurable, han adoptado un papel esencial de estabilización social; han contribuido a buscar soluciones inteligentes y pactadas y han ayudado a minimizar los daños en el tejido productivo -contribuyendo con ello a salvar a muchas empresas-, han trabajado para proteger en lo posible a las personas trabajadoras mediante soluciones que, muchas veces reduciendo o empeorando condiciones de trabajo, permitieran sin embargo el mantenimiento del empleo. Y todo ello, casi siempre, ante la incomprensión de la mayoría, asumiendo los costes que siempre tiene buscar el acuerdo y la transacción en lugar de incendiar unos ánimos que en esas situaciones son siempre fácilmente excitables.

El Derecho del Trabajo no es, como algunos pretenden, una antigualla inservible. Y los Sindicatos tampoco. Sin el equilibrio que las normas laborales proporcionan la paz social es una quimera. Y sin organizaciones empresariales y sindicales que velen por sus respectivos intereses, de forma racional y civilizada y sabiendo que son intereses distintos pero legítimos ambos, la norma laboral deja de ser eficaz. Y por ello si se rompe ese delicado equilibrio, como se pretende al poner en cuestión la presencia de los sindicatos, se incurre en un riesgo injustificado. Por supuesto que dentro del marco constitucional la norma laboral puede ser mejor o peor, penalizar demasiado a las empresas o a los trabajadores, pero ese es un debate menor frente al que se plantea, que es la necesidad de reconocer y aceptar el valor que para unas relaciones laborales sanas y modernas tiene la presencia y actuación del sindicato como institución de relevancia constitucional.

Martín Godino, Socio Director de Sagardoy Abogados.

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