La plantilla de la banca cobrará este año su primera paga por beneficios regulada por convenio
El último convenio definió qué era el RAE y fijó los índices para su cobro La subida salarial de 2022 será del 1% para el sector
Los empleados de la banca y del sector de ahorros recibirán en las próximas nóminas y por primera vez, una paga por beneficios, tras los buenos resultados obtenidos por las distintas entidades financieras en 2021. Los convenios firmados el pasado año, aunque su vigencia corresponde al periodo 2019 a 2023, recogían como novedad la regulación del teletrabajo, y la de la remuneración variable si se cumplían una serie de condiciones.
Es cierto, que la paga por beneficios, o como se recoge en los convenios, por el cumplimiento del RAE (resultados por la actividad de explotación), ya se había regulado en el anterior convenio, “pero al final nunca se abonaba una paga por este concepto al no estar estipulada una definición de que se contabilizaba como RAE (recogida en el artículo 23 del convenio colectivo de banca), y al final los bancos se agarraban a cualquier pérdida para no pagarla, hasta ahora. Ya que en el convenio en vigor se incluyó una definición de RAE”, explican fuentes sindicales. Pese a este abono, primera vez que se lleva a cabo, solo representa un cuarto de paga, que puede llegar a un máximo de seis pagas de un cuarto cada una si el RAE sube más del 30%, algo bastante complicado.
A este abono extraordinario se le pueden sumar otros también variables, como otro cuarto de paga según la rentabilidad o ROTE alcanzado por la entidad, siempre que supere el 8%, y si supera el 11% se suma otro cuarto de paga, siempre de acuerdo a los ratios que comunican la entidades financieras al Banco de España. También, durante el pasado ejercicio, y por primera vez desde hace años la rentabilidad de la banca española en varios casos supera el 8%.
Pero la plantilla de la banca, como ocurre en gran parte de los sectores, no tenían recogidos en convenio unas subidas salariales de acuerdo a IPC con el que finalizó 2021, y que se elevó al 6,5%, su mayor nivel en casi 30 años.
Sindicatos y patronales (AEB y CECA) acordaron unas subidas salariales del 0,75% para 2021, al 1% en 2023 para los 70.000 empleados de las antiguas cajas de ahorros y del 1,25% para los trabajadores de los bancos asociados a la AEB. Lo que supone una pérdida de poder adquisitivo, ya que, según fuentes sindicales, estos incrementos no son revisables.
Uno de los primeros bancos en reunir a los componentes de su mesa de empleo ha sido Banco Santander. En este acto, celebrado el lunes, los sindicatos reclamaron mejoras que repercutan en los trabajadores, una vez que los resultados de la entidad ascendieron a 8.124 millones en 2021, el beneficio más alto de los 12 últimos años, y tras sufrir unas pérdidas de 8.771 millones en 2020. En España, las ganancias ascendieron a 957 millones de euros, con un crecimiento del 88% en el ejercicio.
Los empleados del banco no solo han reclamado mejoras directas, sino también “apoyo explícito” por parte de la dirección del banco, “ya que sufrimos de forma reiterada el acoso continuo de la opinión pública, cuando los trabajadores cumplimos estrictamente órdenes de nuestros superiores”, explica UGT.
Santander, como el resto de los grandes bancos españoles, procedieron durante 2021 a grandes ajustes de plantilla y cierre de oficinas, que totalizaron más de 17.000 empleos, de los que 3.572 correspondieron a Santander España.
Sentencia. El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Madrid ha condenado a Banco Santander a devolver 450.000 euros a un matrimonio que compró acciones de Banco Popular, considerando que tiene derecho a una indemnización por la defectuosa información dada sobre la situación de la entidad bancaria en el proceso de compra, informa EP. La magistrada no ha aplicado el criterio del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, quien propuso en su escrito de 2 de diciembre de 2021 que quienes compraron acciones de Popular con ocasión de una ampliación de capital con oferta pública de suscripción no pudiesen pedir a Santander una indemnización por las acciones que compraron antes de la resolución de la entidad alegando que el folleto de la emisión contenía información inexacta.