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Recargos del 150% en el IBI en casas vacías y topes al alquiler de grandes propietarios

Los pequeños tenedores podrán beneficiarse de bonificaciones si bajan precios Las sanciones y limitaciones quedarán en manos de los ayuntamientos y autonomías

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños y la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra.
El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños y la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra.Europa Press
Pablo Sempere

El Gobierno de coalición formado por PSOE y Unidas Podemos ha logrado desbloquear este martes el plan presupuestario de 2022 tras alcanzar un acuerdo sobre la nueva Ley de Vivienda que los dos socios llevan más de un año negociando prácticamente sin avances en la materia central: el objetivo de limitar la escalada de precios del alquiler. El pacto se encuentra en un punto intermedio entre las pretensiones de Podemos, que pedía limitar el precio de todos los alquileres en las zonas tensionadas, y las del PSOE, que sugería utilizar las bonificaciones fiscales para incentivar que los propietarios incluyesen sus viviendas en el mercado del arrendamiento asequible.

El acuerdo sellado por las dos formaciones del Ejecutivo se centra en una batería de medidas que afecta principalmente a los grandes propietarios de inmuebles (a partir de 10) que tengan personalidad jurídica, a los que se retiran los privilegios fiscales vigentes y se les imponen medidas de control de precios. También se establecen penalizaciones sobre la vivienda vacía que pertenezca a propietarios con cuatro o más inmuebles, sean grandes o pequeños tenedores.

Grandes tenedores

En concreto, según fuentes de Unidas Podemos, el acuerdo de vivienda incluye un “impuesto a la vivienda vacía”, que se traducirá en un recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) hasta el 150% que podrán aplicar los ayuntamientos sobre las viviendas desocupadas. Este gravamen afectará a todas las viviendas deshabitadas y dependerá exclusivamente de los consistorios. Madrid, por ejemplo, ya ha dejado claro que no aplicará el recargo.

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La norma, a su vez, establecerá una definición de grandes propietarios, que contarán como tal a partir de los 10 inmuebles en propiedad. Para ellos desaparecerán los "beneficios fiscales vigentes", explican estas fuentes sin concretar el detalle.

Además, la norma establece una regulación de precios para bajar por ley los alquileres en base al índice de referencia para todos los contratos firmados con grandes tenedores en las zonas de mercado tensionado, un tope que, sin embargo, tendrán que fijar las comunidades autónomas. Fuentes conocedoras de la negociación matizan que esta limitación afectará únicamente a los grandes propietarios que sean persona jurídica.

En paralelo, la ley apuesta por el parque público de alquiler, con una reserva del 30% de todas las promociones para vivienda protegida, algo que también afecta a las grandes empresas del sector. De dicho porcentaje, la mitad irá destinada al alquiler social.

Pequeños propietarios

Para los pequeños tenedores, además del recargo en el IBI (siempre que se tengan cuatro o más inmuebles), se ha acordado la congelación de precios en las zonas tensionadas y el impulso de incentivos fiscales para bajar el precio de las rentas. A la espera de conocer el detalle, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al presentar el modelo de deducciones el pasado mes de marzo, diseñó un sistema de bonificaciones que oscilaría entre el 60% y el 90%. A la más cuantiosa podrían acogerse los caseros que abaratasen un 10% las rentas del alquiler respecto a un contrato anterior en una zona tensionada.

En otro supuesto menor, también en las zonas tensionadas, los caseros podrían reducirse un 70% de los rendimientos si incorporasen al mercado inmuebles que antes no estuviesen considerados como viviendas habituales.

En el supuesto general y no necesariamente en las zonas tensionadas, las bonificaciones alcanzarían el 60% en el caso de que las rentas no sobrepasasen unos topes máximos fijados por una norma jurídica en base al índice de precios oficial. Sumarían un 10% más, hasta el 70%, si los inquilinos fuesen jóvenes de hasta 35 años.

También habría deducciones del 60% cuando se hayan realizado obras de rehabilitación o mejora en la vivienda en los últimos tres años que impliquen un desembolso de más de seis meses de renta.

Negociación

El acuerdo sobre la nueva Ley de Vivienda ha sido alcanzado este martes por la mañana, permitiendo al Ejecutivo sellar un pacto presupuestario para 2022, después de que el compromiso de desarrollar la norma sirviera de llave para desbloquear las cuentas de 2021 hace un año.

El consenso ha sido alcanzado después de una cita clave mantenida el lunes entre la ministra de Derechos Sociales y líder de Podemos, Ione Belarra, con el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, en la que la formación morada trasladó su propuesta de posponer un férreo control de precios del alquiler en el conjunto del mercado para priorizar una batería de medidas sobre los grandes tenedores.

El Ejecutivo de coalición ya había alcanzado a lo largo de los últimos meses varios avances en materia de vivienda. El pasado mes de abril, por ejemplo, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 acordaron establecer un recargo en el IBI para la vivienda vacía, si bien los dos socios no concretaron la cifra. El PSOE proponía un recargo de entre el 50% y el 75% y Unidas Podemos pedía llegar hasta el 200%. Finalmente, la tasa se ha quedado a caballo, con un 150%.

Los dos socios de también habían avanzado en relación a los desahucios a familias vulnerables una vez que termine la protección del paraguas vigente. El objetivo del Gobierno es agilizar la comunicación con los servicios sociales para que, en caso de vulnerabilidad acreditada, los lanzamientos puedan postergarse hasta tres meses para que las comunidades autónomas encuentren una alternativa habitacional para los afectados, que deberá ser siempre una vivienda y no un albergue u hostal.

Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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