¿Cuáles son los nuevos límites de pago en efectivo para pymes y autónomos?
Ya no se podrá pagar en efectivo más de 1.000 euros
Las operaciones que se paguen en efectivo ya no podrán superar los 1.000 euros. El pasado 11 de julio entró en vigor la nueva normativa mediante la cual se establecían nuevos límites de pagos en efectivo. Entre los principales afectados por la misma figuran los autónomos y las pymes.
El Boletín Oficial del Estado publicó la norma mediante la cual aquellos que sigan recibiendo cantidades superiores a los 1.000 euros por el pago de servicios o productos, podrían ser sancionados.
Desde Arrabe Integra, Asesores de empresa, especifican que cualquier operación en la que una de las partes sea un autónomo o una empresa, deberá regirse por estos nuevos límites. Esta norma será igual ya se perciba el pago en euros o en moneda extranjera.
Esto supone un descenso del límite de pagos en efectivo de 1.500 euros. Hasta la fecha se podían pagar en efectivo hasta 2.500 euros cuando en dicha operación interviniera un empresario o profesional.
Por el contrario, si la operación se registra entre dos personas físicas, el límite seguirá siendo el de 2.500 euros.
Límites para pagos de nóminas
Cuando se pague a personas físicas no residentes en España y que no sean autónomos o propietarios de una empresa también habrá restricciones. Antes el límite de pagos en efectivo podía alcanzar los 15.000 euros, mientras que ahora el límite se establece en 10.000 euros.
Los límites establecidos se deberán aplicar también a las nóminas que se paguen en efectivo y que superen los 1.000 euros en bruto. Lo mismo sucede con otros conceptos como son las dietas, las pagas extra o el transporte.
En el BOE se especificaba que si no se respetaba la nueva normativa, Hacienda podría imponer una serie de sanciones. Si la Agencia Tributaria descubre algún engaño, el profesional que cometa la falta estará incurriendo en una sanción grave. Así, se establece que se aplicará un 25% de la base de la sanción, que será la cuantía del pago en efectivo. En caso de que el pago haya sido de 2.000 euros, la sanción será de 500 euros.