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Así quedan los ERTES en pymes tras la última norma del Gobierno

Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo se prorrogarán hasta el 30 de septiembre.

Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) se prorrogarán hasta el 30 de septiembre de 2021. Así se ha establecido en el V Acuerdo Social en Defensa del Empleo, en concreto, en su artículo 1 en el que se entienden por prorrogados los ERTE por causa de fuerza mayor que estén relacionados con la pandemia, y que ya es oficial tras se publicado en Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo a la normativa finalmente aprobada, los trabajadores que pertenezcan a actividades que aún estén suspendidas debido a la pandemia, podrán disfrutar de algunas exoneraciones en su actividad. Las exenciones comprenden los porcentajes de la jornada que esté afectada por la suspensión de la actividad.

Así, se ha fijado una exención de la cuota con respecto de la aportación empresarial devengada en los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2021. Ésta alcanzará el 85% en junio y julio, mientras que en los meses de agosto y de septiembre será del 75%. Sin embargo, esto solo se podrá aplicar si la empresa ha tenido a menos de cincuenta trabajadores dados de alta en la Seguridad Social con fecha 29 de febrero de 2020.

Más de 50 trabajadores

Por otro lado, en el caso de los trabajadores de empresas que tengan sus actividades suspendidas, el porcentaje de exoneración en función de los periodos de suspensión y del porcentaje de jornada afectada por la suspensión será menor. En esta situación la exención será en los meses de junio y julio del 75% de la cuota, mientras que en agosto y en septiembre será del 65%. Además, aquí se tendrá en cuenta el hecho de que la empresa hubiera tenido a cincuenta o a más trabajadores dados de alta en la Seguridad Social con fecha 29 de febrero de 2020.

La prórroga de los ERTE se produce tras haberse llegado a un acuerdo entre el Ministerio, los sindicatos y las organizaciones empresariales.

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