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Oficial: Las Comunidades darán las ayudas directas a pymes y autónomos

Las comunidades autónomas tendrán que firmar el convenio y remitirlo a Hacienda para percibir las ayudas. Teóricamente, ellas tendrán más flexibilidad, y podrán ampliar incluso actividades a las que destinar los fondos, según puede leerse en el BOE.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el decreto-ley que permite a las comunidades autónomas ampliar las ayudas directas de la pandemia a los sectores y empresas con más pérdidas.

Hasta la fecha se excluía de percibir las ayudas directas de los 7.000 millones de euros a algunos sectores económicos. Ahora serán las comunidades autónomas las que decidan a qué sectores ampliar las ayudas. Además, con carácter extraordinario éstas se podrán ampliar a aquellos negocios que también tuvieron pérdidas en 2019. A través del decreto-ley que ha aprobado el Consejo de Ministros se da más flexibilidad a las comunidades autónomas para hacer extensibles las ayudas a sectores que en un principio no estaban contemplados en la norma.

Algunos de los sectores que a partir de ahora sí podrán beneficiarse de las ayudas son el del calzado y del vino. La modificación del decreto permite a las comunidades autónomas y a Ceuta y Melilla que puedan incluir a estos sectores junto a los 95 que ya se contemplan en el anexo del decreto-ley.

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Ayudas de carácter finalista

Las ayudas tienen un carácter finalista. Esto quiere decir que se podrán emplear tanto para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.

Por su parte, los autónomos que tributen por estimación objetiva podrán recibir hasta un máximo de 3.000 euros, mientras que el resto de estos profesionales recibirán entre 4.000 y 200.000 euros.

El Ministerio de Hacienda ha pedido a las comunidades autónomas la tramitación urgente de estos decretos. No obstante, hasta la fecha solo Extremadura y Castilla La Mancha han devuelto firmados los documentos. Solo cuando las comunidades envíen al Ministerio los convenios firmados y los haya rubricado también la ministra de Hacienda se enviarán al BOE para su publicación. Será entonces cuando las comunidades percibirán el dinero de las ayudas.

Tras la firma de los convenios, Hacienda enviará el dinero correspondiente a cada comunidad autónoma en un plazo máximo de diez días. Se exceptuarán aquellas comunidades que pidan que se les transfieran los fondos con posterioridad.

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