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Logística

La CNMC da la razón a Cabify y valida que las VTC puedan ofrecer servicios de paquetería

Asegura que la normativa sectorial excluye la necesidad de autorización para el transporte de pequeñas mercancían en vehículos de menos de dos toneladas de Masa Máxima Autorizada

 Una mujer abre la puerta de un coche VTC de Cabify.
Una mujer abre la puerta de un coche VTC de Cabify.
Marimar Jiménez

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) da la razón a Cabify y valida que los vehículos que prestan el servicio de VTC puedan realizar servicios de transporte de pequeñas mercancías cargando los paquetes en el maletero.

El organismo regulador ha publicado hoy un informe donde avala el servicio que comenzó a prestar Cabify en abril de 2020, en pleno confinamiento por la pandemia del Covid-19, y que la Comunidad de Madrid intentó cerrar pocos días después alegando incompatibilidad con la ley. La CAM aseguró entonces que la compañía necesitaba obtener una autorización de operador de transporte para ello y que si no lo cancelaba podría incurrir en una falta "muy grave", con las consiguientes sanciones previstas por la normativa.

Cabify, que en ningún momento ha clausurado el servicio pese a haber recibido varios requerimientos de la CAM (el último el pasado 27 de noviembre, según consta en el informe de la CNMC), interpuso entonces una reclamación a la CNMC defendiendo la legalidad de su servicio puerta a puerta, bautizado como Cabify Envíos.

En su informe, la CNMC considera que el requerimiento de cese de dicha actividad por parte de la Consejería de Transportes de la CAM en turismos de menos de dos toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA), empleados habitualmente por la actividad de VTC, es "innecesario y desproporcionado". Según precisa el regulador, la normativa sectorial de transporte excluye la autorización para el transporte de pequeñas mercancías en vehículos de MMA no superior a 2 toneladas.

Además, añade que la interpretación de que los vehículos adscritos a la actividad de VTC deban emplearse exclusivamente para el transporte de viajeros, sin que puedan efectuar el transporte de pequeñas mercancías, "no sería conforme con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM)", al considerarse innecesaria y desproporcionada.

Igualmente apunta que el uso del compartimento específico de carga de los vehículos de turismo "permitiría realizar la actividad con seguridad", de modo que tales vehículos serían adecuados a los fines del transporte descrito.

Cabify ya explicó cuando estrenó el servicio que los envíos se hacen en los maleteros de sus coches, y que, por tanto, las condiciones para utilizar el servicio es que el producto a transportar pudiera caber en el maletero de los vehículos de la compañía (medidas máximas de 85x95x50 cm y un volumen no superior a 341 litros).

Aunque la compañía señaló también que el objetivo de Cabify Envíos era que los ciudadanos no tuvieran que salir de casa por la pandemia, la empresa de VTC planea seguir adelante con este servicio más allá de la actual crisis sanitaria. Más ahora que ha conseguido el aval de Competencia.

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Sobre la firma

Marimar Jiménez
Redactora senior en la sección de Empresas de CINCODIAS. Sigue la actualidad del sector de tecnologías de la información y del ecosistema emprendedor español. Antes de incorporse al diario en 2000 trabajó en Actualidad Económica y los suplementos Futuro y Negocio en EL PAIS. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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