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Autónomos: ¿qué debe contener una factura cuando es completa?

Con estos datos bien cumplimentados no tendrás problemas ante Hacienda.

Los profesionales autónomos tienen la obligación de emitir facturas para poder desarrollar su actividad, así como de presentarlas ante la Agencia Tributaria. Si estás planteándote sumarte al mundo del trabajo por cuenta propia, probablemente esto no te pille por sorpresa, pero quizás no sepas que existen varios tipos de facturas.

En este artículo hablaremos de las facturas completas, en la que se brinda a Hacienda una información más detallada que la que se proporciona en las facturas simplificadas –más común entre los autónomos-

Sin embargo, existen casos en los que será necesario emitir una factura completa, como cuando tu cliente es una empresa grande o estás trabajando en un proyecto de envergadura.

Apartados de una factura completa

Según explica la propia Agencia Tributaria, una factura completa deberá contener los datos o requisitos que se enumeran a continuación:

Número y serie. Todas las series deberán ser correlativas.

Identificación. Nombre y apellidos, razón social completa del emisor y del receptor de la factura y sus CIF.

Domicilio fiscal de ambos, también conocido como dirección de facturación.

Descripción de operaciones. Deberá incluir su precio unitario en neto y, si existiera, cualquier descuento o promoción incluida en la operación.

Tipo impositivo que aplica a cada operación. Y cuotas tributarias.

Fecha en la que se hayan efectuado las operaciones si fuese distinta a la de la emisión de la factura.

En el caso de que se trate de una operación exenta de IVA, habrá que documentarlo con la disposición correspondiente de la Directiva 2006/CE, de 28 de noviembre.

Si se entregó el producto por medios de transporte nuevos, habrá que reflejar también la fecha de su primera puesta en servicio y las distancias recorridas hasta su entrega. Lo mismo ocurre en el caso de que sea por mar (con las horas de navegación) o por aire (número de vuelos realizados).

Otros datos circunstanciales. Como cuando el sujeto pasivo del impuesto sea el adquiriente o el destinatario de la operación, que deberá expresarse como “inversión del sujeto pasivo”, o si se trata del régimen especial de las agencias de viajes, que deberá mencionarse dicho régimen.

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