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Ley de Teletrabajo. Estas son las normas y así afectará a las pymes

Las pequeñas y medianas empresas tendrán que dotar de flexibilidad de elección del tramo a trabajar, y hacerse cargo de todos los gastos, según el ante proyecto de Ley.

La crisis del coronavirus ha acelerado dos grandes procesos en el ámbito empresarial: la digitalización y el teletrabajo. Y es que las nuevas tecnologías, que ya eran el presente, también se han convertido en un auténtico salvavidas para muchos negocios, tanto para adquirir cuota de mercado en el mundo online como para no frenar su productividad.

Para este segundo punt está el teletrabajo, que ha llegado para quedarse. A pesar de que en países como Estonia lleva años implementada esta forma de trabajar, en España son pocas las organizaciones que lo tenían implementado antes de la pandemia.

Por este motivo, desde el Ministerio de Trabajo quieren apresurarse a legislar el teletrabajo con una ley que permitirá al trabajador realizar una jornada laboral más flexible, y que obligará a las empresas a costear las herramientas necesarias para que su trabajador pueda desarrollar la actividad desde casa.

Flexibilidad horaria

Tal y como ha informado la agencia de noticias Europa Press, los empleados que teletrabajen tendrán derecho a un horario flexible, que podrán alterar siempre y cuando se cumplan los tiempos de trabajo y las horas de descanso.

En cualquier caso, el empleado tendrá que respetar los tiempos de disponibilidad marcados por la empresa con carácter obligatorio, así como los límites que se pacte o se acuerden con el empresario.

Por otro lado, el anteproyecto de ley en el que está trabajando el Ministerio de Trabajo, la empresa tendrá que asumir “en su totalidad” los costes que conlleve para el trabajador el hecho de desarrollar su trabajo a distancia.

En otro orden de cosas, también se etiqueta como “voluntario” esta forma de trabajo. “Requerirá acuerdo de trabajo a distancia, si bien los contratos en prácticas y formativos no lo admitirán”, puede leerse en Europa Press.

Igualdad de trato

Desde el Ministerio de Trabajo se pretende proteger al trabajador otorgándole un amparo legal en el que se esclarece que las empresas están obligadas a dar igualdad de trato a los trabajadores que realizan el trabajo a distancia.

Del mismo modo, no podrán verse perjudicados en condiciones laborales, retribución, estabilidad o promoción profesional por el hecho de desarrollar su actividad fuera del entorno presencial.

En último lugar, cabe reseñar que las empresas podrán establecer medios de control para salvaguardar la productividad, sin que ello conlleve una violación de la intimidad del trabajador, de acuerdo con una sentencia del Tribunal Constitucional.

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