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El Ejecutivo facilita el reembolso de viajes no disfrutados

Modifica su anterior legislación, por recomendación de la UE, para que la compensación a través de bonos sea solo una opción voluntaria para el consumidor

Pasajeros con sus maletas en las instalaciones de la Terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.
Pasajeros con sus maletas en las instalaciones de la Terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.Europa Press
Juande Portillo

La regulación aprobada por el Consejo de Ministros para regir la nueva normalidad que imperará tras el estado de alarma establecido como cortafuegos a la pandemia del coronavirus introduce nuevos cambios en la regulación dispuesta para proteger al consumidor en el caso de la adquisición de bienes y servicios de los que no ha podido disfrutar como consecuencia de la crisis el Covid-19.

En un primer momento, el Ejecutivo estableció una serie de plazos en los que los ciudadanos podían reclamar el reembolso de estas transacciones no completadas, que en el caso de los viajes suponía la aceptación de un bono emitido por el operador turístico que solo podía ser canjeado por el dinero abonado en caso de no haberlo utilizado durante un año.

La principal novedad es que, en cumplimiento de la recomendación realizada por la Comisión Europea el pasado 13 de mayo, el Ejecutivo modifica esta legislación para que la emisión de ese bono se circunscriba a la aceptación voluntaria y con carácter previo del viajero. E incluso para esos casos se establece la devolución automática del importe transcurridos 14 días del plazo de validez del bono en el caso de que no sea utilizado.

La organización de consumidores OCU celebró que el Ministerio de Consumo haya decidido modificar la regulación para que el bono sea voluntario considerando que "la advertencia de la Comisión Europea a España por incumplimiento de la Directiva sobre Viajes Combinados ha dado su fruto".

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La organización confía, eso sí, en que la modificación legislativa que introduce el nuevo decreto tenga carácter retroactivo para que todos los consumidores que se han visto en esta situación ya durante el estado de alarma puedan recuperar su dinero.

En paralelo, el nuevo decreto flexibiliza el derecho a resolución de los contratos sin penalización por parte del consumidor en aquellos casos en que sea imposible ejecutarlos como consecuencia de las medidas impuestas por las diferentes administraciones durante las fases de desescalada o nueva normalidad.

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