Reserva asistencial para autónomos. ¿Qué es esta ayuda? ¿Quiénes pueden acceder?
Una ayuda disponible para aquellos profesionales del RETA que hayan sufrido un accidente o enfermedad, y que está disponible desde este año.
El Gobierno activó, a raíz del coronavirus, una serie de apoyos para pymes y autónomos. Por ejemplo, la prestación por cese de actividad (para quienes tuvieron que cerrar sus negocios o vieron reducidos sus ingresos más de un 75% durante el estado de alarma) o la línea de avales de crédito que se han puesto en marcha a través del ICO.
Además de estas ayudas, y de algunas otras que han emanado desde las administraciones autonómicas y desde la esfera privada, los profesionales por cuenta propia que hayan sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional (en general) durante los últimos meses pueden acudir a la reserva de asistencia social, que se aprobó el pasado mes de octubre en el BOE, y que tiene su base jurídica en el artículo 96.1 b del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
¿Qué coberturas ofrece a los autónomos?
Esta ayuda tiene como objetivo cubrir situaciones sobrevenidas de especial necesidad como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, y que se complementan con las posibles prestaciones derivadas de ese accidente. La gestión de esta ayuda corre a cargo de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
Tal y como informan los expertos de hispacotex.com, esta medida acoge ayudas para la rehabilitación y recuperación del profesional, para su reorientación profesional y adaptación a su puesto de trabajo o para la adaptación de los medios esenciales para que pueda realizar las actividades básicas de la vida diaria.
El articulado recoge también ayudas para eliminar barreras en el hogar, o para adaptar el vehículo, en caso de que el problema derivado del accidente de trabajo repercuta dicha acción. También apoyo en tareas del hogar y el acceso a tecnologías de la información, cuando haya limitaciones sensoriales o de movilidad de cierto calado, tal y como señalan los expertos de Hispacolex, en el artículo en el que analizan el impacto de la nueva norma.
Además de todo ello, existen complementos de auxilio por defunción al derechohabiente del trabajador fallecido por consecuencia de un accidente laboral o de una enfermedad profesional que se haya hecho cargo de los gastos del sepelio, una ayuda para la formación en el cuidado de personas en situación de Gran Invalidez o una ayuda para mantener la posesión y disfrute de la vivienda habitual.