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Todas las vías para que autónomos y pymes gestionen las ayudas de la luz

Se permite suspender el suministro, bajar la potencia o aplazar el pago de facturas

Aplazar el pago de la factura de la luz, flexibilizar los contratos de gas natural o suspender el suministro son algunas de las facilidades disponibles para pymes y autónomos durante el Estado de Alarma generado por el coronavirus.

Una de las facilidades que ofrecen consiste en aplazar las facturas, según el comunicado publicado por Endesa. La medida se aplica solo a pymes y autónomos y uno de los requisitos para acceder a ella es que sean facturas del local donde el empresario realiza su actividad económica y que afecten al periodo del estado de alarma. En este sentido, apuntan que las facturas seguirán llegando pero no se cobrarán. Una vez que se desactive el estado de alarma, el importe de las facturas aplazadas se dividirá en seis partes.

Bajar la potencia

También se permite reducir la potencia eléctrica. La potencia mínima, por ejemplo, se necesitará para el funcionamiento básico e imprescindible de cámaras de frío, sistemas de alarma, etc. Una vez que pase el estado de alarma, el autónomo podrá volver a subir la potencia. El trámite se realizará sin costo alguno si se realiza en los 3 meses siguientes a la desactivación del estado de alarma y si no se supera la potencia que se tenía originalmente contratada.

Del mismo modo se les permite flexibilizar los contratos de gas natural. Se puede solicitar ajustar el caudal contratado aunque no hayan transcurrido 12 meses desde la última modificación. Se incluye en un nuevo escalón de peaje ajustado a tu consumo anual actualizado. El emprendedor tendrá un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del estado de alarma para solicitar el restablecimiento de sus condiciones anteriores.

Aparte, en el caso de que se prevea no hacer ningún consumo de electricidad o gas, se puede solicitar la suspensión temporal del suministro, restableciéndose con normalidad una vez finalizado el estado de alarma. Si se hace en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del estado de alarma no hay costes añadidos. Recuerdan que a la hora de adoptar esta medida, es mejor hacerlo con la misma compañía comercializadora que se tenía previamente.

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