La justicia europea dirá si todos los días de permisos pagados deben ser laborables
La sentencia se pronunciará sobre el Convenio Colectivo de los Supermercados Dia pero podría tener repercusiones sobre la legislación española al respecto
El Estatuto de los Trabajadores prevé que cualquier trabajador pueda ausentarse de su empleo sin previo aviso y justificación durante dos días, por el fallecimiento, accidente o enfermedades graves, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Pero si dicha operación quirúrgica o fallecimiento se producen un viernes, estos permisos se contabilizan en días naturales, con lo que el lunes siguiente el trabajador debe estar de regreso en su puesto de trabajo.
Este es el más claro ejemplo de la cuestión que se ha debatido hoy en un juicio celebrado en el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuya sentencia deberá determinar si en España todos los días de permisos retribuidos que disfrutan los trabajadores (excepto los 15 días de matrimonio) deben ser contabilizados como días laborables en lugar de días naturales.
El juicio celebrado hoy ha tenido lugar tras una denuncia del sindicato Comisiones Obreras (CC OO) -- contra el Convenio Colectivo de los Supermercados Dia-- en la que se planteaba que los días de disfrute de todos los permisos retribuídos (excepto el citado por matrimonio) deben ser laborables. Concretamente, la Audiencia Nacional, que lleva esa causa, estimó que la regulación española al respecto "podría entrar en colisión con la normativa comunitaria en materia de vacaciones y descanso semana", ha informado hoy el sindicato. Por ello, este tribunal español elevó una cuestión prejudicial al TJUE sobre este punto, que deberá aclarar ahora en su sentencia los magistrados europeos.
De hecho, fuentes de CC OO han explicado que el disfrute de estos permisos en días laborables en lugar de días de descanso no se aplicaría solo a los fines de semana sino también a otros días en los que el trabajador librara o a las propias vacaciones.
Una vez que el TJUE emita su fallo, la Audiencia Nacional deberá emitir su sentencia en consecuencia con lo dicho por el tribunal comunitario y lo que allí diga será de aplicación directa para toda la plantilla del Grupo Día. Pero, además, dicho fallo será extensible (aunque no de manera automática) a todos los trabajadores españoles, excepto a los que ya lo tengan regulado por convenio, "ya que la normativa estudiada es similar en todos los sectores", añaden desde CC OO.